Micelio

decreto 583 de 1992

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las atribuciones que le confieren los Decretos-leyes 1050 y 3130 de 1968

Artículo 1º Apruébase La Reforma Del Artículo 28 De Los Estatutos De La Compañía De Financiamiento Comercial De Promociones S

º Apruébase la reforma del artículo 28 de los Estatutos de la Compañía de Financiamiento Comercial de Promociones S. A., "Pronta", adoptada por la Junta Directiva en su reunión del 29 de enero de 1992, según consta en el Acta número 625 de esa fecha cuyo texto es el siguiente: "El artículo 28 del Estatuto Social, quedará así: Artículo veintiocho. El Revisor Fiscal será designado por el Gobierno Nacional a través del Presidente de la República y el Ministro de Hacienda y Crédito Público".

Artículo 2º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica El Artículo 28 Del Decreto 2196 Del 10 De Julio De 1986

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 28 del Decreto 2196 del 10 de julio de 1986.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los Decretos-leyes 1050 y 3130 de 1968
El Ministro de Hacienda y Crédito Público