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decreto 1727 de 1997

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por el artículo 2°. del Decreto número 32 de 1997 y el Decreto número 1050 de 1997, CONSIDERANDO: Que mediante Decreto número 772 del 18 de marzo de 1997, fue conferida comisión de servicios en el exterior a la doctora Luz Ángela Mondragón Restrepo, Director Técnico de Agua Potable y Saneamiento Básico del Ministerio de Desarrollo Económico, para viajar a la ciudad de la Paz (Bolivia) a partir del 25 y hasta el 26 de marzo de 1997, con el objeto de asistir

Considerando · 3 motivos

Que mediante Decreto número 772 del 18 de marzo de 1997, fue conferida comisión de servicios en el exterior a la doctora Luz Ángela Mondragón Restrepo, Director Técnico de Agua Potable y Saneamiento Básico del Ministerio de Desarrollo Económico, para viajar a la ciudad de la Paz (Bolivia) a partir del 25 y hasta el 26 de marzo de 1997, con el objeto de asistir al Grupo de Trabajo sobre modernización del sector de agua potable y saneamiento.

Que el evento a que se refiere el considerando anterior, fue cancelado.

Que en consecuencia se deben anular los certificados de disponibilidad números 182 y 183 del 11 de marzo de 1997;

Artículo 1Derogar El Decreto Número 772 Del 18 De Marzo De 1997, "por El Cual Se Confiere Una Comisión De Servicios En El Exterior", De Acuerdo Con Lo Expuesto En La Parte Motiva De La Presente Providencia,

°. Derogar el Decreto número 772 del 18 de marzo de 1997, "por el cual se confiere una comisión de servicios en el exterior", de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia,

Artículo 2Anular Los Certificados De Disponibilidad Números 182y 183 Del 11 De Marzo De 1997,

°. Anular los certificados de disponibilidad números 182y 183 del 11 de marzo de 1997,

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese, comuniqúese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 7 de julio de 1997. ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Desarrollo Económico, Orlando Cabrales Martínez.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por el artículo 2°. del Decreto número 32 de 1997 y el Decreto número 1050 de 1997
El Ministro de Desarrollo Económico