Micelio

decreto 390 de 1992

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades que le confieren los numerales 2º y 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del artículo 6º del Decreto - Ley 10 de 1992

Artículo 1Suprímase En El Consulado General De Colombia En Londres, Gran Bretaña, Un (1) Cargo De Cónsul General, Grado Ocupacional 4 Ex Con Una Asignación Básica Mensual De Dos Mil Ochocientos Sesenta Y Cuatro Dólares Con Cuarenta Y Siete Centavos De Dólar (Us$ 2

º Suprímase en el Consulado General de Colombia en Londres, Gran Bretaña, un (1) cargo de Cónsul General, Grado Ocupacional 4 EX con una asignación básica mensual de dos mil ochocientos sesenta y cuatro dólares con cuarenta y siete centavos de dólar (US$ 2.864.47) ocupado actualmente por la señora Liliana Bonilla Otoya.

Artículo 2Créase En La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De La Gran Bretaña Un (1) Cargo De Consejero, Grado Ocupacional 4 Ex, Encargada De Funciones Consulares Con Una Asignación Mensual De Dos Mil Ochocientos Sesenta Y Cuatro Dólares Con Cuarenta Y Siete Centavos De Dólar (Us$ 2

º Créase en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la Gran Bretaña un (1) cargo de Consejero, Grado Ocupacional 4 EX, encargada de Funciones Consulares con una asignación mensual de dos mil ochocientos sesenta y cuatro dólares con cuarenta y siete centavos de dólar (US$ 2.864.47) y nómbrase provisionalmente para desempeñarlo a la señora Liliana Bonilla Otoya.

Artículo 3Las Erogaciones Que Ocasione El Cumplimiento Del Presente Decreto Se Pagarán Con Cargo Al Presupuesto Del Ministerio De Relaciones Exteriores

º Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 2 de marzo de 1992. CESAR GAVIRIA TRUJILLO La Ministra de Relaciones Exteriores, Noemi Sanin De Rubio . El Ministro de Hacienda y Crédito Público Rudolf Hommes Rodriguez .

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los numerales 2º y 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del artículo 6º del Decreto - Ley 10 de 1992
La Ministra de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público