Micelio

decreto 2092 de 1993

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República, tiene previsto viajar a Costa Rica y Honduras durante los días 25, 26 y 27 de octubre de 1993, inclusive, con el objeto de tratar temas de interés bilateral con los Gobiernos de dichos países

Considerando · 3 motivos

Que el Presidente de la República, tiene previsto viajar a Costa Rica y Honduras durante los días 25, 26 y 27 de octubre de 1993, inclusive, con el objeto de tratar temas de interés bilateral con los Gobiernos de dichos países;

Que por tal razón, el Presidente de la República se trasladará a territorio extranjero entre los días 25 y 27 de octubre de 1993, inclusive;

Que en razón de las disposiciones constitucionales y de conformidad con la precedencia establecida en las leyes, el Ministro de Gobierno está habilitado para ejercer las funciones constitucionales como Ministro Delegatario;

Artículo 1O

ARTICULO 1o. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente Decreto, deléganse en el Ministro de Gobierno, doctor Fabio Villegas Ramírez, las funciones constitucionales correspondientes a los siguientes asuntos

1.

Artículo 189, con excepción de lo previsto en el numeral 2.

2.

Artículos 200 y 201.

3.

Artículos 212, 213, 214 y 215.

Artículo 2O

ARTICULO 2o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y
El Secretario Jurídico de la Presidencia de la República, encargado de las funciones del Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República