Micelio

decreto 387 de 1992

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades que le confieren los numerales 2º y 14 del artículo 189 de la Constitución Política

Artículo 1Suprímese En La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De Argelia El Cargo De Embajador Extraordinario Y Plenipotenciario, Grado Ocupacional 7 Ex, Con Una Asignación Básica Mensual De Tres Mil Novecientos Veintitrés Dólares Con Treinta Y Dos Centavos De Dólar (Us$ 3

º Suprímese en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Argelia el cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, Grado Ocupacional 7 EX, con una asignación básica mensual de tres mil novecientos veintitrés dólares con treinta y dos centavos de dólar (US$ 3.923.32), actualmente vacante.

Artículo 2Fíjase Una Tasa De Tres (3

º Fíjase una tasa de tres (3.0) por dólar de los Estados Unidos de América para la conversión a francos suizos de las nuevas sumas a que tengan derecho los funcionarios de la Embajada y el Consulado de Colombia ante el Gobierno de Marruecos.

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica Las Normas Que Le Sean Contrarias, En Especial El Decreto 1468 De Julio 6 De 1990

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica las normas que le sean contrarias, en especial el Decreto 1468 de julio 6 de 1990.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los numerales 2º y 14 del artículo 189 de la Constitución Política
La Ministra de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público