en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que el Gobierno de Colombia destinó la suma de cuatrocientos noventa y cinco mil quinientos noventa pesos ($ 495.590.00) moneda corriente, para el desarrollo del Convenio celebrado con la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), para la realización de una Campaña de Vacunación en Masa con BCG, y Que es necesario distribuir la suma apropiada para atender a los gastos de esta vacunación, que se está realizando com
Considerando · 2 motivos
Que el Gobierno de Colombia destinó la suma de cuatrocientos noventa y cinco mil quinientos noventa pesos ($ 495.590.00) moneda corriente, para el desarrollo del Convenio celebrado con la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), para la realización de una Campaña de Vacunación en Masa con BCG, y;
Que es necesario distribuir la suma apropiada para atender a los gastos de esta vacunación, que se está realizando como un programa de la Campaña Antituberculosa Nacional, y en colaboración con los Organismos Internacionales antes citados, lo mismo que reglamentar la forma de pago correspondiente;
Artículo 1
De la partida global apropiada en el Capítulo 284, artículo 2894 del Presupuesto Nacional de Gastos para la vigencia fiscal en curso, destinada para el desarrollo de la Campaña de Vacunación en Masa con BCG., según convenio suscrito entre el Gobierno Nacional, la Organización Mundial de la Salud (OMS), y la UNICEF, en el año hácese la siguiente distribución, en cumplimiento de lo dispuesto en la parte VI del Convenio:
Capítulo 284.
Artículo 2894.
Artículo 2
Para el artículo de Imprevistos se utilizarán en la actual vigencia los sobrantes de la vigencia anterior que tiene en su poder el Pagador Ambulante de la Campaña de Vacunación en Masa, con BCG. y que se encuentran reservados según certificado número 0015, en el Capítulo 72, artículo 1013, ordinal 5 del Presupuesto de 1955.
Artículo 2894Del Presupuesto Nacional De Gastos Para La Vigencia Fiscal En Curso, Destinada Para El Desarrollo De La Campaña De Vacunación En Masa Con Bcg
Artículo primero. De la partida global apropiada en el Capítulo 284, artículo 2894 del Presupuesto Nacional de Gastos para la vigencia fiscal en curso, destinada para el desarrollo de la Campaña de Vacunación en Masa con BCG., según convenio suscrito entre el Gobierno Nacional, la Organización Mundial de la Salud (OMS), y la UNICEF, en el año hácese la siguiente distribución, en cumplimiento de lo dispuesto en la parte VI del Convenio: Capítulo 284. Artículo 2894. 103. Ordinal
Para el pago de los servicios al personal de la Campaña de Vacunación en Masa, con BCG, durante el tiempo comprendido entre el 1° de enero al 31 de agosto de 1956, $ 233.280.00 Así: 1 mes. 8 meses. 10 Médicos a razón de $ 1.000.00 cada uno $ 10.000.00 $ 80.000.00 50 Auxiliares a razón de $ 300.00 cada uno 15.000.00 120.000.00 2 Ayudantes de Estadística a razón de $ 400.00 cada uno 800.00 6.400.00 12 Choferes a razón de $ 280.00 cada uno 3.360.00 26.880.000 29.160.00 233.280.00 103. Ordinal
Para viáticos y gastos de transporte del personal al servicio de la Campaña de Vacunación en Masa con BCG, y que figura en la distribución de la partida apropiada en el ordinal número 1, artículo 2894, por el tiempo del 1° de enero al 31 de agosto de 1956 y anteriores $ 200.000.00 Así: Médicos a razón de $ 25.00 diarios, durante veinte días de cada mes. Auxiliares a razón de $ 15.00 diarios, durante veinte días de cada mes. Choferes a razón de $ 15.00 diarios, durante veinte días de cada mes. 103. Ordinal
Para compra de vehículos automotores para la Campaña de Vacunación en Masa, con BCG 22.000.00 103. Ordinal
Para combustibles, lubricantes, grasas y demás gastos similares inherentes al servicio de los vehículos de la Campaña de Vacunación en Masa, con BCG, del 1° de enero al 31 de agosto de 1956 y anteriores 20.000.00 103. Ordinal
Para gastos de reparación, conservación, aseguros y repuestos de los vehículos al servicio de la Campaña de Vacunación en Masa, con BCG, del 1° de enero al 31 de agosto de 1956 y anteriores 20.310.00 Total $ 495.590.00
Artículo 1013, Ordinal 5 Del Presupuesto De 1955
Artículo segundo. Para el artículo de Imprevistos se utilizarán en la actual vigencia los sobrantes de la vigencia anterior que tiene en su poder el Pagador Ambulante de la Campaña de Vacunación en Masa, con BCG. y que se encuentran reservados según certificado número 0015, en el Capítulo 72, artículo 1013, ordinal 5 del Presupuesto de 1955. Comuníquese y cúmplase.