en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, en concordancia con el artículo 81 de la Ley 418 de 1997, modificada y prorrogada por las Leyes 548 de 1999, 782 de 2002, 1106 de 2006, y con el numeral 2 del artículo 16 del Decreto 4530 de 2008
Artículo 1Modifícase El Parágrafo Del Artículo 6° Del Decreto 1740 De 2010, El Cual Quedará Así: "parágrafo
°. Modifícase el
del artículo 6° del Decreto 1740 de 2010, el cual quedará así: "
Las responsabilidades frente al Programa de Protección a cargo del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, se irán reduciendo gradualmente en la medida en que se vayan cumpliendo las distintas etapas del proceso de traslado del mismo al Ministerio del Interior y de Justicia hasta su finalización, cuyo plazo máximo es el 31 de diciembre de 2010".
Artículo 6 DECRETO 1740 de 2010
Artículo 2Vigencia
°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Publíquese, comuníquese y cúmplase.