En uso de sus facultades constitucionales y CONSIDERANDO: Que por circunstancias especiales hay necesidades de atender al pago inmediato del crédito que á cargo de la Nación tienen los Sres. Tupin, Aubert & Cía, del comercio de Paría, proveniente de útiles para las escuelas primarias, despachados durante el mes de Septiembre de 1896, á virtud de orden dada por el Ministro de Instrucción Pública, según aparece de datos y antecedentes que reposan en el citado Ministerio
Considerando · 1 motivo
Que por circunstancias especiales hay necesidades de atender al pago inmediato del crédito que á cargo de la Nación tienen los Sres. Tupin, Aubert & Cía, del comercio de Paría, proveniente de útiles para las escuelas primarias, despachados durante el mes de Septiembre de 1896, á virtud de orden dada por el Ministro de Instrucción Pública, según aparece de datos y antecedentes que reposan en el citado Ministerio;
Artículo 1
Artículo único . Abrese al Presupuesto de Gastos de la vigencia en curso un crédito extraordinario por la suma de doscientos cuarenta mil pesos, con la siguiente imputación: DEPARTAMENTO DE INSTRUCCION PUBLICA capitulo 52 Gastos varios