en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO : que la Contraloría General de la República ha certificado la existencia de nuevos recursos fiscales por la cantidad de $ 560.804.33, así : En oficios números 10847 y 10889 fechados en mayo del año en curso, provenientes de la consignación verificada en la Tesorería General de la República por el Departamento del Valle, de conformidad con el convenio publicado en el Diario Oficial número 26531 de 13 de febrero de 1948, préstamo que hizo el referido Departamento a la Nac
Artículo 1Con Base En La Suma De Quinientos Sesenta Mil Ochocientos Cuatro Pesos Con Treinta Y Tres Centavos ($ 560
° Con base en la suma de quinientos sesenta mil ochocientos cuatro pesos con treinta y tres centavos ($ 560.804.33) moneda corriente, proveniente de los nuevos recursos fiscales enumerados en los considerandos del presente Decreto, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto vigente: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS CAPITULO 111. Carreteras Nacionales. Artículo 2167-A. Para atender a los gastos que demande el suministro de asfaltos con destino a la pavimentación de carreteras nacionales, de conformidad con las autorizaciones de la Ley 175 de 1938, y con los contratos celebrados con la Tropical Oil Company, de fechas 9 de agosto de 1943, publicado en el Diario Oficial número 25430 de 27 de diciembre del mismo año, y de 3 de mayo de 1943 $ 50.740.11 Artículo 2167-B. Para continuar la pavimentación de la carretera Palmira-Cartago 500.000.00 Artículo 2167-D. Para atender a los gastos que demanden las obras de urbanización de la carrera 18, de acuerdo con la cláusula 6ª de la escritura número 1071 de 1949 de fecha 12 de abril del mismo año, de la Notaría 3ª del Circuito de Bogotá 10.064.22 Total $ 560.804.33
Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha
° El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese, y publíquese.