DecretoVigente
Decreto 59 de 1987
por el cual se reajustan los valores absolutos expresados en moneda nacional en las normas relativas a los impuestos sobre la renta y complementarios y sobre las ventas para el año gravable de 1987, y se dictan otras dsiposiciones.
3artículos
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0sentencias
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º Los Valores Absolutos Expresados En Moneda Nacional En Las Normas Relativas A Los Impuestos Sobre La Renta Y Complementarios Y Sobre Las Ventas, Que Regirán Para El Año Gravable De 1987, Serán Los Siguientes: I2º El Artículo 3o Del Decreto 3749 De 1986, Quedará Así: "los Instrumentos A Que Se Refieren Los Literales F) E I) Del Numeral 1o Del Artículo 14 De La Ley 2º De 1976, Causarán Impuesto De Timbre Así: Las Acciones Nominativas De Sociedades Anónimas O En Comandita Por Acciones, No Inscritas En Bolsas De Valores, El Siete Medio Por Mil (73º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
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