El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales, y especialmente de la que le confiere el Decreto-ley número 1600 de 1953
Artículo 1
Artículo único. A partir del 1° de septiembre del año en curso se suprime en el Ministerio de Agricultura el cargo de Administrador Almacenista de la Granja Agropecuaria de "San Julián", dependiente de la División de Extensión, y en su lugar se crea en la misma dependencia el cargo de Mayordomo, con asignación mensual de $ 350.00. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura