Artículo 1Adiciónase El Presupuesto De Ingresos Del Fondo Vial Nacional De La Actual Vigencia En La Suma De Veinticuatro Millones Cuatrocientos Cuarenta Y Seis Mil Quinientos Cuarenta Y Ocho Pesos Con Once Centavos ($ 24
° Adiciónase el presupuesto de ingresos del Fondo Vial Nacional de la actual vigencia en la suma de veinticuatro millones cuatrocientos cuarenta y seis mil quinientos cuarenta y ocho pesos con once centavos ($ 24.446.548.11) moneda corriente, con imputación a los siguientes numerales: AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 32766 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 14
Artículo 2Con Base En Los Recursos De Que Trata El Artículo Anterior, Adiciónase El Presupuesto De Gastos Del Fondo Vial Nacional En La Suma De Veinticuatro Millones Cuatrocientos Cuarenta Y Seis Mil Quinientos Cuarenta Y Ocho Pesos Con Once Centavos ($ 24
° Con base en los recursos de que trata el artículo anterior, adiciónase el presupuesto de gastos del Fondo Vial Nacional en la suma de veinticuatro millones cuatrocientos cuarenta y seis mil quinientos cuarenta y ocho pesos con once centavos ($ 24.446.548.11) moneda corriente, según el siguiente detalle: AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 32766 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 14
Artículo 3Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese.