Micelio

decreto 765 de 1956

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Artículo 1

Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso:

FUERZAS DE POLICIA

CAPITULO 185

Material y gastos varios

CAPITULO 181

Sección de Presupuesto, Contabilidad y Control de las Fuerzas de Policía.

Artículo 1830Para Gastos Extraordinarios E Imprevistos, Gastos Menores No Contemplados En Los Artículos Precedentes, Y Para Atender A Los De Que Trata El Decreto Número 2578 De 1954, Conforme A Las Resoluciones Que Dicte El Comando De Las Fuerzas De Policía, En La Presente Vigencia Y Anteriores

Artículo primero . Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso: FUERZAS DE POLICIA CAPITULO 185 Material y gastos varios 003. Del artículo 1830. Para gastos extraordinarios e imprevistos, gastos menores no contemplados en los artículos precedentes, y para atender a los de que trata el Decreto número 2578 de 1954, conforme a las resoluciones que dicte el Comando de las Fuerzas de Policía, en la presente vigencia y anteriores. $ 8.000.00 Suma el contra crédito $ 8,000.00 CAPITULO 181 Sección de Presupuesto, Contabilidad y Control de las Fuerzas de Policía . 105. Al artículo 1808-A. Para atender al reintegro de primas de seguros por fianzas de manejo a los Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas de Policía, de acuerdo con lo dispuesto por los Decretos números 3220 de 1953 y 2687 de 1955, en la presente vigencia y anteriores $ 8.000.00 Suma el crédito $ 8.000.00

Artículo 2

Artículo segundo . Quedan suspendidas todas las disposiciones que sean contrarias a las del présente Decreto, el cual rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese,

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra
El Ministro de Agricultura
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas, encargado