Artículo 1
Artículo primero. La Nación se asocia a la celebración del cincuentenario de la fundación de los Departamentos del Huila y de Nariño.
Artículo 2
Artículo segundo. Decrétase un auxilio de un millón de pesos ($ 1.000.000.00) moneda corriente, para el Departamento del Huila, con destino a obras de fomento del Departamento según planes que elabore la Gobernación y que requerirán la aprobación del Gobierno Nacional.
Artículo 3
Artículo tercero. Decrétase un auxilio de un millón de pesos ($ 1.000.000.00) moneda corriente, para el Departamento de Nariño, con destino exclusivo para pavimentación de la ciudad de Pasto.
Artículo 4
Artículo cuarto. Quedan suspendidas todas las disposiciones contrarias a las del presente Decreto, que rige desde su fecha. Comuníquese,