Micelio

decreto 1726 de 1975

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Artículo 1Adiciónanse Los Cómputos Del Presupuesto De Rentas Y Recursos De Capital Del Tesoro De La Nación Para La Vigencia Fiscal De 1975,en La Cantidad De Doscientos Cincuenta Y Siete Millones De Pesos ($ 257

° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1975,en la cantidad de doscientos cincuenta y siete millones de pesos ($ 257.000.000.00) moneda legal, que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 15 del mismo .año, expedido por el Contralor General de la República se incorporarán con imputación al siguiente numeral: PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL CAPITULO XI c) Otros Recursos Numeral 110-C. Mayor producto de las rentas globalmente consideradas, (artículo 103 del Decreto-ley número 294 de 1973) $ 257.000.000 Suma el recurso $ 257.000.000

Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1975

° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975. PRESUPUESTO 'DE 'FUNCIONAMIENTO Ministerio de Defensa Nacional CAPITULO 175 Despacho del Ministro Programa 175 Dirección y Administración Gastos Generales 105 151 201 Artículo 1756. Mantenimiento y aseguros $ 400.000 105 151 203 Artículo 1757. Compra de equipo $ 400.000 106 151 205 Artículo 1758. Viáticos y gastos de viaje 74.000 106 151 207 Artículo 1758-A. Servicio de comunicaciones 90.000 Transferencias 201 332 401 Artículo 1763. Pensiones 10.000.000 202 332 402 Artículo 1766. Caja de Sueldos de Retiro 25.000.000 204 265 414 Artículo 1770. Aporte a SATENA 22.000.000 CAPITULO 177 Comando del Ejército Programa 177 Operación Administrativa del Ejército Gastos Generales 105 152 201 Artículo 1789. Mantenimiento y aseguros 10.000.000 105 152 203 Artículo 1790. Compra de equipo 31.411.050 106 152 211 Artículo 1794. Materiales y suministros 10.000.000 Artículo 1799-A. Pago de vigencias expiradas 8.186.004 CAPITULO 178 Comando de la Armada Nacional Programa 178 Operación Administrativa de la Armada Servicios Personales 101 153 113 Artículo 1802. Jornales 500.000 Gastos Generales 105 153 201 Artículo 1805 Mantenimiento y aseguros 2.000.000 105 153 203 Artículo 1806. Compra de equipo 9.000.000 106 153 205 Artículo 1807. Viáticos y gastos 500.000 106 153 209 Artículo 1809. Servicios públicos 1.000.000 106 153 211 Artículo 1810. Materiales y suministros 4.000.000 Artículo 1813-A. Pago de vigencias expiradas 4.203.946 CAPITULO 179 Comando de la Fuerza Aérea Programa 179 Operación Administrativa de la Fuerza Aérea Servicios Personales 101 154 109 Artículo 1815. Remuneración servicios técnicos 5.100.000 Gastos Generales 105 154 203 Artículo 1820. Compra de equipo 3.500.000 106 154 207 Artículo 1822. Servicio de comunicaciones 1.400.000 106 154 211 Artículo 1824. Materiales y suministros 2.000.000 106 154 213 Artículo 1825. Impresos y publicaciones. 200.000 PRESUPUESTO DE INVERSION Ministerio de Defensa Nacional CAPITULO 565 Comando General Programa 565 Red Integral de Comunicaciones 482 151. Artículo 5651. Integración red de comunicaciones militares 4.000.000 CAPITULO 566 Comando de Fuerzas Programa 567 Dotación y Mantenimiento de Equipo Militar 564 153. Artículo 5663. Armada Nacional 47.135.000 Proyectos 1. Reparación buque 7 de agosto (pago deuda). $ 27.135.000 3. Mantenimiento de unidades a flote 20.000.000 564 154 Artículo 5664. Fuerza Aérea Colombiana 54.900.000 Proyecto 3. Mantenimiento del material volante 54.900.000 Suman los créditos adicionales $ 257.000.000

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público