en uso de sus facultades legales, y en desarrollo de los Decretos 550 y 1678 de 1960, y 235 de 1963
Artículo 1
Artículo primero. Suprímese el empleo de Analista de Personal II, grado 13, en la Sección de Reclutamiento y Adiestramiento de la División de Personal del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil. Artículo segundo. Reclasifícanse los siguientes empleos del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil, establecidos en el Decreto número 1740 de 1961: Rama Administrativa División de Personal Grado ocupacional 1 Jefe de División IV por 17 1Técnico en Administración de Personal III 18 1 Secretario Auxiliar por I 5 1 Secretario Auxiliar II 7 Sección de Reclutamiento y Adiestramiento 1Analista de Personal III por 15 1 Analista de Personal IV 16 Sección de Clasificación y Remuneración 1 Analista de Personal III por 15 1 Analista de Personal IV l6 Sección de Registro y Control 1 Analista de Personal II por 13 1 Supervisor Administrativo II 9 22 Oficinistas II por 4 2 Oficinistas III 5 División de Presupuesto 1Secretario Auxiliar por II 7 1 Contador II 9 1 Mecanotaquígrafa por II 5 1 Secretaria Auxiliar II 7 Sección de Ejecución y Control de Presupuesto 1 Auxiliar de Contabilidad por III 5 1 Contador I 7
Artículo 2
Artículo segundo. Los funcionarios que se encuentran desempeñando los empleos reclasificados por este Decreto, serán incorporados a ellos sin requerir nueva posesión.
Artículo 3
Artículo tercero. Este Decreto rige a partir del primero de enero de 1964. Comuníquese y publíquese.