Micelio

decreto 2828 de 1949

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales

Artículo 1

Articulo único. Los Almacenistas, Secretarios Almacenistas, y Pagadores Almacenistas de las diferentes Divisiones del Ministerio de Agricultura y Ganadería, dependerán administrativamente de la Sección de Contabilidad y Control de la División de Negocios Generales de dicho Ministerio en los mismos términos señalados para las Contadurías Pagadoras, según el Decreto número 2144 del corriente año.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Agricultura y Ganaderia