en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO: Que la Policía Nacional celebrará el centenario de su fundación en el año 1991
Considerando · 3 motivos
Que la Policía Nacional celebrará el centenario de su fundación en el año 1991;
Que la Policía Nacional ha prestado innumerables servicios al país dignos de reconocimiento público;
Que el sacrificio, abnegación y profesionalismo de sus miembros son virtudes que han caracterizado a esta Institución y corresponde exaltar al Gobierno Nacional;
Artículo 1Declárase El Año 1991, “año Del Centenario De La Policía Nacional”
° Declárase el año 1991, “Año del Centenario de la Policía Nacional”.
Artículo 2Los Ministerios, Departamentos Administrativos, Empresas Industriales Y Comerciales Del Estado, Establecimientos Públicos, Sociedades De Economía Mixta, Departamentos Y Municipios, Y Las Entidades Descentralizadas De Los Mismos, Colaborarán En La Ejecución De Las Acciones Y Actividades De Carácter Institucional Y Patriótico Que Se Diseñen En El Cumplimiento De Este Decreto
° Los Ministerios, Departamentos Administrativos, Empresas Industriales y Comerciales del Estado, Establecimientos Públicos, Sociedades de Economía Mixta, Departamentos y Municipios, y las Entidades Descentralizadas de los mismos, colaborarán en la ejecución de las acciones y actividades de carácter institucional y patriótico que se diseñen en el cumplimiento de este Decreto.
Artículo 3Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.