Micelio

decreto 916 de 1980

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Artículo 1

Artículo primero. El Gobierno Nacional a través del Ministerio de Hacienda y C rédito Público Dirección General de Crédito Público emitirá Títulos de Deuda Pública Interna denominados "Bonos Parque Simón Bolívar" por seiscientos veintisiete millones ciento veintitrés mil pesos ($627.123.000), los cuales tendrán como fecha, de emisión la de este Decreto y un plazo de diez años para su total amortización

Artículo 2

Artículo segundo. El producto de esta emisión se destina r á al pago parcial del precio de compra, de los terrenos para el Parque Simón Bolívar en la ciudad de Bogotá

Artículo 3

Artículo tercero. Los "Bonos Parque Simón Bolívar" tendrán las siguientes características financieras

a)

Serán títulos a la orden.

b)

Se emitirán diez (10) titules numerados del 1 al 10, cada uno por un valor nominal de sesenta y dos millones setecientos doce mil trescientos pesos ($62.712.300), pagaderos el primero al final del primer año de la fecha de emisión, el segundo al final del segundo año de la fecha de emisión, y así anual y sucesivamente hasta el vencimiento del plazo total de la emisión.

c)

Devengarán intereses del veinticuatro por ciento (24%) anual, pagaderos anualmente.

d)

No tendrán el carácter de negociables en el mercado y serán mantenidos por su primer beneficiario hasta su vencimiento.

Artículo 4

Artículo cuarto. El Gobierno Nacional efectuará las adiciones presupuéstales necesarias para atender el servicio de amortización. pago de intereses y demás, gastos que demande la presente emisión.

Artículo 5

Artículo quinto. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su promulgación. Comuníquese y cúmplase.