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decreto 1552 de 1991

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el ordinal 5° del artículo 120 de la Constitución Política, en concordancia con el artículo 45 del Decreto 1290 de 1988 y el artículo 29 del Decreto 1950 de 1973

Artículo 1Trasladar A José Antonio Ruge Bolívar, Con Cédula De Ciudadanía Número 19186493 De Bogotá, Actual Profesional Especializado 3010 Grado 10, De La Sección Sectorial 3 De La División De Elaboración Del Presupuesto General De La Nación De La Subdirección De Programación Presupuestal De La Dirección General De Presupuesto Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Al Cargo De Profesional Especializado 3010 Grado 10, De La Dirección General De Impuestos Nacionales, Actualmente Vacante, El Cual Fue Desempeñado Por Fideligno Fajardo Roncando, Quien Pasó A Otro Cargo Mediante Decreto Número 154 Del 14 De Enero De 1991

° Trasladar a José Antonio Ruge Bolívar, con cédula de ciudadanía número 19186493 de Bogotá, actual Profesional Especializado 3010 Grado 10, de la Sección Sectorial 3 de la División de Elaboración del Presupuesto General de la Nación de la Subdirección de Programación Presupuestal de la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, al cargo de Profesional Especializado 3010 Grado 10, de la Dirección General de Impuestos Nacionales, actualmente vacante, el cual fue desempeñado por Fideligno Fajardo Roncando, quien pasó a otro cargo mediante Decreto número 154 del 14 de enero de 1991.

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el ordinal 5° del artículo 120 de la Constitución Política, en concordancia con el artículo 45 del Decreto 1290 de 1988 y el artículo 29 del Decreto 1950 de 1973
El Ministro de Hacienda y Crédito Público