Artículo 1
° . Declarar como Monumento Nacional el edificio donde funciona el Colegio Nuestra Señora del Pilar, ubicado en Bucaramanga, Santander.
Artículo 2
° . En aplicación de los dispuesto por la Ley 163 de 1959 y su Decreto reglamentario, todas las construcciones, refacciones, remodelaciones y las obras de protección, defensa y conservación que deben efectuarse en el edificio del Colegio Nuestra Señora del Pilar, deberán contar con el permiso previo del Consejo de Monumentos Nacionales.
Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 2 de noviembre de 1995. ERNESTO SAMPER PIZANO. La Ministra de Educación Nacional, María Emma Mejía Vélez.