Micelio

decreto 916 de 1954

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios; y dotación de la Escuela Normal Rural para señoritas de Belalcázar (Cauca), distribúyense así las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente:

Parágrafo

Las partidas distribuidas en el artículo anterior serán giradas a la Secretaria-Habilitada de la Escuela.

Artículo 2

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios; y dotación de la Escuela Normal Rural para Señoritas de Florencia (Caquetá), distribúyense así las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente:

Parágrafo

Las partidas distribuidas en el artículo anterior serán giradas a la Secretaria Habilitada de la escuela.

Artículo 3

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios; y dotación de la Escuela Normal Rural para Señoritas de Sibundoy (Putumayo), distribúyense así las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente:

Parágrafo

Las partidas distribuidas en el artículo anterior serán giradas al Secretario Habilitado de la Escuela.

Artículo 4

Para sueldos y alimentación del personal, becas, restaurante y varios; y dotación de la Escuela Normal Rural para Señoritas de Jericó (Antioquia), distribúyense así las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente:

Parágrafo

Las partidas distribuidas en el artículo anterior serán giradas a la Secretaria Habilitada de la Escuela.

Artículo 5

Para sueldos y alimentación del personal, becas, restaurante y varios; y dotación de la Escuela Normal Rural para señoritas de Sincelejo (Bolívar), distribúyense así las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente:

Parágrafo

Las partidas distribuídas en el artículo anterior serán giradas a la Secretaria-Habilitada de la Escuela.

Las partidas distribuidas en el artículo anterior serán giradas a la Secretaria-Habilitada de la Escuela.

Artículo 6

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios; y dotación de la Escuela Normal Rural para Señoritas de Mompós (Bolívar), distribúyense así las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente:

Parágrafo

Las partidas distribuidas en el artículo anterior serán giradas a la Secretaria-Habilitada de la Escuela.

Artículo 7

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios; y dotación de la Escuela Normal Rural para Señoritas "Antonio Nariño" de Villa de Leiva (Boyacá), distribúyense así las partidas apropiadas en el Presupuesto nacional vigente:

Parágrafo

Las partidas distribuidas en el artículo anterior serán giradas a la Secretaria-Habilitada de la Escuela.

Artículo 8

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios; y dotación de la Escuela Normal Rural para Señoritas "Mariano Ospina Pérez" de Guasca (Cundinamarca), distribúyense así las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente:

Parágrafo

Las partidas distribuidas en el artículo anterior serán giradas a la Secretaria Habilitada de la Escuela.

Artículo 9

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios; y dotación de la Escuela Normal Rural para Señoritas de Istmina (Chocó), distribúyense así las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente:

Parágrafo

Las partidas distribuidas en el artículo anterior serán giradas a la Secretaria Habilitada de la Escuela.

Artículo 10

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios; y dotación de La Escuela Normal Rural para Señoritas de Gigante (Huila), distribúyense así las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente:

Parágrafo

Las partidas distribuidas en el artículo anterior serán giradas a la Secretaria Habilitada de la Escuela.

Artículo 11

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios; y dotación de la Escuela Normal Rural para señoritas de La Cruz de Mayo (Nariño), distribúyense así las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente:

Parágrafo

Las partidas distribuidas en el artículo anterior serán giradas a la Secretaria-Habilitada de la Escuela.

Artículo 12

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios; y dotación de la Escuela Normal Rural para Señoritas "Francisco de Paula Santander", de Málaga (Santander), distribúyense así las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional, vigente:

Parágrafo

Las partidas distribuidas en el artículo anterior serán giradas a la Secretaria-Habilitada de la Escuela.

Artículo 13

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios; y dotación de la Escuela Normal Rural para Señoritas "Jorge Isaac" de Roldanillo (Valle), distribúyense así las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente:

Parágrafo

Las partidas distribuidas en el artículo anterior serán giradas a la Secretaria Habilitada de la Escuela.

Artículo 14

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios; y dotación de las Escuelas Normal Rural para Varones "José Eusebio Caro" de Popayán (Cauca), distribúyense así las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente:

Parágrafo

Las partidas distribuidas en el artículo anterior, serán giradas al Secretario-Habilitado de la Escuela.

Artículo 15

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios; y dotación de la Escuela Normal Rural para varones del Guamo (Tolima), distribúyense así las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente:

Parágrafo

Las partidas distribuidas en el artículo anterior serán giradas al Secretario Habilitado de la Escuela.

Artículo 16

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios; y dotación de la Escuela Normal Rural para Varones "Guillermo Quintero Calderón" de Convención (Norte de Santander), distribúyense así las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente:

Parágrafo

Las partidas distribuidas en el artículo anterior serán giradas al Secretario-Habilitado de la Escuela.

Artículo 1509Mensual

Artículo primero. Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios; y dotación de la Escuela Normal Rural para señoritas de Belalcázar (Cauca), distribúyense así las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente: a) . Capítulo 93, artículo 1509 Mensual. Total. Sueldos del personal en enero, conforme al Presupuesto de 1953 $ 1.590.00 1.590.00 Sueldos y alimentación del personal: Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Directora 500.00 5.500.00 Directora de la Anexa 350.00 3.850.00 Secretaria-Habilitada 280.00 3.080.00 1 Profesora interna de la Normal 350.00 3.850.00 2 Profesoras internas de la Anexa a $ 250.00 cada una 500.00 5.500.00 Capellán-Profesor 140.00 1.540.00 Médico-Profesor 130.00 1.430.00 Enfermera-Profesora 180.00 1.980.00 Profesor de Agricultura y Zootecnia 180.00 1.980.00 Ecónoma 100.00 1.100.00 Portera 70.00 770.00 Servicio doméstico, según distribución que hará la Directora 100.00 1.100.00 Suma $ 2.880.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De 9 empleados internos a $ 45.00 cada uno $ 405.00 5.050.00 Del servicio doméstico 150.00 1.500.00 De 3 empleados internos que por razón de sus cargos deban permanecer en el plantel durante las vacaciones 135.00 270.00 Sumas $ 3.570.00 39.090.00 b). Capítulo 93, artículo 1510. BECAS Y GASTOS VARIOS: Becas en 10 meses, febrero a noviembre: De 50 alumnas becadas a $ 44.00 cada una $ 2.200.00 22.000.00 Gastos varios: en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, materiales de enseñanza, excursiones, deportes e imprevistos 250.00 3.000.00 Sumas $ 2.450.00 25.000.00 c). Capítulo 93, artículo 1511. Dotación: febrero a noviembre: Mensual. Total. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, insecticidas animales fomento, cría y explotación; laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, y demás gastos $ 452.00 4.520.00 Suma $ 4.520.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en el artículo anterior serán giradas a la Secretaria-Habilitada de la Escuela.

Artículo 1512Sueldos Del Personal En Enero, Conforme Al Presupuesto De 1953 1

Artículo segundo. Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios; y dotación de la Escuela Normal Rural para Señoritas de Florencia (Caquetá), distribúyense así las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente: a). Capítulo 93 , artículo 1512. Sueldos del personal en enero, conforme al Presupuesto de 1953 1.590.00 1.590.00 Sueldos y alimentación del personal: Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Directora 500.00 5.000.00 Directora de la Anexa 350.00 3.850.00 Secretaria Habilitada 280.00 3.080.00 1 Profesora interna de la Normal 350.00 3.850.00 2 Profesoras internas de la Anexa a $ 250.00 cada una 500.00 5.500.00 Capellán-Profesor 140.00 1.540.00 Médico-Profesor 130.00 1.430.00 Enfermera Profesora 180.00 1.980.00 Profesor de Agricultura y Zootecnia 180.00 1.980.00 Ecónoma 100.00 1.100.00 Portera 70.00 770.00 Servicio doméstico, según distribución que hará la Directora 100.00 1.100.00 Suma $ 2.880.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De nueve empleados internos a $ 45.00 cada uno 405.00 4.050.00 Del servicio doméstico 150.00 1.500.00 De 3 empleados internos que por razón de sus cargos deban permanecer en el plantel durante las vacaciones 135.00 270.00 Sumas $ 3.570.00 39.090.00 b). Capítulo 93, artículo 1513. Becas, Restaurante y Varios: Becas en 10 meses, febrero a noviembre: De 35 alumnas becadas a $ 45.00 cada una 1.575.00 15.750.00 Restaurante escolar 323.00 3.250.00 Gastos varios: en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, materiales de enseñanza, excursiones, deportes, e imprevistos 500.00 6.000.00 Sumas $ 2.400.00 25.000.00 c). Capítulo 93, artículo 1514. Dotación: febrero a noviembre: Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación; laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, y demás gastos 452.00 4.520.00 Suma $ 4.520.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en el artículo anterior serán giradas a la Secretaria Habilitada de la escuela.

Artículo 1515Sueldos Del Personal En Enero, Conforme Al Presupuesto De 1953 1

Artículo tercero. Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios; y dotación de la Escuela Normal Rural para Señoritas de Sibundoy (Putumayo), distribúyense así las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente: Mensual. Total. a). Capítulo 93, artículo 1515. Sueldos del personal en enero, conforme al Presupuesto de 1953 1.590.00 1.590.00 Sueldos y alimentación del personal: Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Directora 500 00 5.500.00 Directora de la Anexa 350.00 3.850.00 Secretaria-Habilitada 280.00 3.080.00 1 Profesora interna de la Normal 350.00 3.850.00 2 Profesoras internas de la Anexa a $ 250.00 cada una 500.00 5.500.00 Capellán-Profesor 140.00 540.00 Mayordomo-Herramientero 130.00 1.430.00 Enfermera Profesora 180.00 1.980.00 Profesor de Agricultura y Zootecnia 180.00 1.980.00 Ecónoma 100.00 1.100.00 Portera 70.00 700.00 Servicio doméstico, según distribución que hará la Directora 100.00 1.100.00 Suma $ 2.880.00 Alimentación en 10 meses, enero a julio y de octubre a diciembre: De 9 empleados internos a $ 45.00 cada uno 405.00 4.050.00 Del servicio doméstico 150.00 1.500.00 De 3 empleados internos que por razón de sus cargos deban permanecer en el plantel durante las vacaciones 135.00 270.00 Sumas $ 3.570.00 39.090.00 b). Capítulo 93, artículo 1516 Becas, Restaurante y Varios: Becas en 10 meses, enero a julio y de octubre a diciembre: De 35 alumnas becadas a $ 45.00 cada una 1.575.00 15.750.00 Restaurante escolar 325.00 3.250.00 Gastos varios: en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, materiales de enseñanza, excursiones, deportes, e imprevistos 500.00 6.000.00 Sumas $ 2.400.00 25.000.00 c). Capítulo 93, artículo 1517. Dotación: febrero a noviembre: Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación; laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, y demás gastos 452.00 4.520.00 Suma $ 4.520.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en el artículo anterior serán giradas al Secretario Habilitado de la Escuela.

Artículo 1518Sueldos Del Personal En Enero, Conforme Al Presupuesto De 1953 2

Artículo cuarto . Para sueldos y alimentación del personal, becas, restaurante y varios; y dotación de la Escuela Normal Rural para Señoritas de Jericó (Antioquia), distribúyense así las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente: a). Capítulo 93, artículo 1518. Sueldos del personal en enero, conforme al Presupuesto de 1953 2.500.00 2.500.00 Sueldos y alimentación del personal: Mensual. Total. Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Directora $ 550.00 6.050.00 Directora de la Anexa, 1ª categoría Sec 450.00 4.950.00 Secretaria-Habilitada 280.00 3.080.00 1 Profesora interna de la Normal, 1ª categoría 450.00 4.950.00 1 Profesora interna de Normal, 2ª categoría 400.00 4.400.00 2 Profesoras internas de la Normal a $ 350.00 cada una 700.00 7.700.00 4 Profesoras internas de la Anexa a $ 250.00 cada una 1.000.00 11.000.00 Capellán-Profesor 140.00 1.540.00 Médico-Profesor 130.00 1.430.00 Odontólogo-Profesor 120.00 1.320.00 Profesor de Agricultura y Zootecnia 180.00 1.980.00 Enfermera-Bibliotecaria 180.00 1.980.00 Profesorado externo a $ 3.00 hora de clase 250.00 2.750.00 Ecónoma 100.00 1.100.00 Portera 70.00 770.00 Servicio doméstico, según distribución que hará la Directora 60.00 660.00 Suma $ 5.060.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De 15 empleados internos a $ 45.00 cada uno 675.00 6.750.00 Del servicio doméstico 250.00 2.500.00 De 3 empleados internos que por razón de sus cargos deban permanecer en el plantel durante las vacaciones 135.00 270.00 Sumas $ 6.120.00 67.680.00 b). Capítulo 93, artículo 1519. Becas, Restaurante y Varios: Becas en 10 meses, febrero a noviembre: De 30 alumnas becadas a $ 45.00 cada una 1.350.00 13.500.00 Restaurante escolar 338.00 3.380.00 Gastos varios: en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, materiales de enseñanza, excursiones, deportes e imprevistos 500.00 6.000.00 Sumas $ 2.188.00 22.880.00 c). Capítulo 93, artículo 1520 Dotación: febrero a noviembre: Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación, laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, y demás gastos 628.00 6.280.00 Suma $ 6.280.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en el artículo anterior serán giradas a la Secretaria Habilitada de la Escuela.

Artículo 1521Sueldos Del Personal En Enero, Conforme Al Presupuesto De 1953 $ 3

Artículo Quinto. Para sueldos y alimentación del personal, becas, restaurante y varios; y dotación de la Escuela Normal Rural para señoritas de Sincelejo (Bolívar), distribúyense así las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente: a). Capítulo 93, artículo 1521. Sueldos del personal en enero, conforme al Presupuesto de 1953 $ 3.615.83 3.615.83 Sueldos y alimentación del personal: Directora 550.00 6.050.00 Directora de Anexa, 4ª categoría secundaria 350.00 3.850.00 Secretaria-Habilitada 280.00 3.080.00 1 Profesora interna de la Normal, 4ª categoría 350.00 3.850.00 4 Profesoras internas de Normal a $ 350.00 cada una 1.400.00 14.350.00 4 Profesoras internas de la Anexa a $ 250.00 cada uno 1.000.00 11.000.00 Capellán-Profesor 140.00 1.540.00 Médico-Profesor 130.00 1.430.00 Mensual. Total. Odontólogo-Profesor $ 120.00 1.320.00 Profesor de Agricultura y Zootecnia 180.00 1.980.00 Enfermera-Bibliotecaria 180.00 1.980.00 Profesorado externo a $ 3.00 hora de clase 300.00 3.300.00 Ecónoma 100.00 1.100.00 Chofer-Mensajero 120.00 1.320.00 Portera 70.00 770.00 Servicio doméstico, según distribución que hará la Directora 300.00 3.300.00 Suma $ 5.690.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De 17 empleados internos a $ 45.00 cada uno 765.00 7.650.00 Del servicio doméstico 300.00 3.000.00 De 3 empleados internos que por razón de sus cargos deban permanecer en el plantel durante las vacaciones 135.00 270.00 Sumas $ 6.890.00 76.075.83 b) Capítulo 93, artículo 1522. Becas, Restaurante y Varios: Becas en 10 meses, febrero a noviembre: De 50 alumnas becadas a $ 45.00 cada una 2.250.00 22.500.00 Restaurante escolar 252.00 2.520.00 Gastos varios: en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, materiales de enseñanza, excursiones, deportes e imprevistos 370.00 4.440.00 Sumas $ 2.872.00 29.460.00 c). Capítulo 93, artículo 1523. Dotación: febrero a noviembre. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación; laboratorios, porquerizas, y otras dependencias para animales, y demás gastos 500.00 5.000.00 Suma $ 5.000.00

Parágrafo

Las partidas distribuídas en el artículo anterior serán giradas a la Secretaria-Habilitada de la Escuela. Las partidas distribuidas en el artículo anterior serán giradas a la Secretaria-Habilitada de la Escuela.

Artículo 1524Sueldos Del Personal En Enero, Conforme Al Presupuesto De 1953 $ 4

Artículo sexto. Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios; y dotación de la Escuela Normal Rural para Señoritas de Mompós (Bolívar), distribúyense así las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente: a) Capítulo 93, artículo 1524. Sueldos del personal en enero, conforme al Presupuesto de 1953 $ 4.054.00 4.054.00 Sueldos y alimentación del personal: Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Directora 550.00 6.050.00 Directora de la Anexa 350.00 3.850.00 Secretaria Habilitada 280.00 3.080.00 1 Profesora de Normal, 3ª categoría Sec 370.00 4.070.00 4 Profesoras internas de Normal a $ 350.00 cada una 1.400.00 14.350.00 4 Profesoras internas de la Anexa a $ 250.00 cada una 1.000.00 11.000.00 Capellán-Profesor 140.00 1.540.00 Médico-Profesor 130.00 1.430.00 Odontólogo-Profesor 120.00 1.320.00 Experto Agrícola-Profesor 300.00 3.300.00 Enfermera-Bibliotecaria 180.00 1.980.00 Profesorado externo a $ 3.00 hora de clase 300.00 3.300.00 Ecónoma 100.00 1.100.00 Chofer-Mensajero 120.00 1.320.00 Portera 70.00 770.00 Servicio doméstico, según distribución que hará la Directora 300.00 3.300.00 Suma $ 5.710.00 Mensual. Total. Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De 17 empleados internos a $ 45.00 cada uno $ 765.00 7.650.00 Del servicio doméstico 300.00 3.000.00 De 3 empleados internos que por razón de sus cargos deban permanecer en el plantel durante las vacaciones 135.00 270.00 Sumas $ 6.910.00 76.734.00 b). Capítulo 93, artículo 1525. Becas, Restaurante y Varios: Becas en 10 meses, febrero a noviembre: De 50 alumnas becadas a $ 45.00 cada una 2.250.00 22.500.00 Restaurante escolar 252.00 2.520.00 Gastos varios: en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, materiales de enseñanza, excursiones, deportes e imprevistos 370.00 4.440.00 Sumas $ 2.872.00 29.460.00 c) Capítulo 83, artículo 1526. Dotación: febrero a noviembre: Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación; laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, y demás gastos 500.00 5.000.00 Suma $ 5.000.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en el artículo anterior serán giradas a la Secretaria-Habilitada de la Escuela.

Artículo 1527Sueldos Del Personal En El Mes De Enero, Conforme Al Presupuesto De 1953 3

Artículo séptimo. Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios; y dotación de la Escuela Normal Rural para Señoritas "Antonio Nariño" de Villa de Leiva (Boyacá), distribúyense así las partidas apropiadas en el Presupuesto nacional vigente: a). Capítulo 93, artículo 1527. Sueldos del personal en el mes de enero, conforme al Presupuesto de 1953 3.690.79 3.680.79 Sueldos y alimentación del personal: Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Directora 550.00 6.050.00 Directora de la Anexa, 1ª categoría Sec 450.00 4.950.00 Secretaria-Habilitada 280.00 3.080.00 1 Profesora interna de la Normal, 3ª categoría 370.00 4.670.00 3 Profesoras internas de Normal a $ 350.00 cada una 1.050.00 11.550.00 4 Profesoras internas de la Anexa a $ 250.00 cada una 1.000.00 11.000.00 Capellán-Profesor 140.00 1.540.00 Médico-Profesor 130.00 1.430.00 Odontólogo-Profesor 120.00 1.320.00 Profesor de Agricultura y Zootecnia 180.00 1.980.00 Enfermera-Bibliotecaria 180.00 1.980.00 Profesorado externo a $ 3.00 hora de clase 300.00 3.300.00 Ecónoma 100.00 1.100.00 Hortelano-Mensajero 100.00 1.100.00 Portera 70.00 770.00 Servicio doméstico, según distribución que hará la Directora 200.00 2.200.00 Suma $ 5.220.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De 15 empleados internos a $ 45,00 cada uno 675.00 6.750.00 Del servicio doméstico 300.00 3.000.00 De 3 empleados internos que por razón de sus cargos deban permanecer en el plantel durante las vacaciones 135.00 270.00 Sumas $ 6.330.00 71.730.79 Mensual. Total. b). Capítulo 93, artículo 1528. Becas, Restaurante y Varios: Becas en 10 meses, febrero a noviembre: De 60 alumnas becadas a $ 45.00 cada una $ 2.700.00 27.000.00 Restaurante escolar 302.00 3.020.00 Gastos varios: en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, materiales de enseñanza, excursiones, deportes e imprevistos 600.00 7.200.00 Sumas $ 3.602.00 37.220.00 c). Capítulo 93, artículo 1529. Potación: febrero a noviembre: Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación; laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, y demás gastos 500.00 5.000.00 Suma $ 5.000.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en el artículo anterior serán giradas a la Secretaria-Habilitada de la Escuela.

Artículo 1530Sueldos Del Personal En Enero, Conforme Al Presupuesto De 1953 $ 5

Artículo octavo . Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios; y dotación de la Escuela Normal Rural para Señoritas "Mariano Ospina Pérez" de Guasca (Cundinamarca), distribúyense así las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente: a). Capítulo 93, artículo 1530. Sueldos del personal en enero, conforme al Presupuesto de 1953 $ 5.801.66 5.801.66 Sueldos y alimentación del personal: Sueldos en 11 meses, febrero a noviembre: Directora 550.00 6.050.00 Directora de la Anexa 350.00 3.850.00 Secretaria-Habilitada 280.00 3.080.00 Mecanógrafa-auxiliar 200.00 2.200.00 1 Profesora interna de la Normal, 1ª categoría 450.00 4.950.00 2 Profesoras internas de la Normal, 3ª categoría a $ 370.00 cada una 750.00 8.140.00 2 Profesoras internas de la Normal a $ 350.00 cada una 700.00 7.700.00 4 Profesoras internas de la Anexa a $ 250.00 cada una 1.000.00 11.000.00 Capellán-Profesor 140.00 1.540.00 Médico-Profesor 130.00 1.430.00 Odontólogo-Profesor 120.00 1.320.00 Enfermera-Bibliotecaria 180.00 1.980.00 Profesorado externo a $ 3.00 hora de clase 300.00 3.300.00 Ecónoma 100.00 1.100.00 Hortelano-Mensajero 100.00 1.100.00 Chofer-Motorista 120.00 1.320.00 Servicio doméstico, según distribución que hará la Directora 400.00 4.400.00 Portera 70.00 770.00 Suma $ 5.930.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De 17 empleados internos a $ 45.00 cada uno 765.00 7.650.00 Del servicio doméstico 300.00 3.000.00 De 3 empleados internos que por razón de sus cargos deban permanecer en el plantel durante las vacaciones 135.00 270.00 Sumas $ 7.130.00 81.951.66 b). Capítulo 93, artículo 1531. Becas, Restaurante y Varios: Becas en 10 meses, febrero a noviembre: De 72 alumnas becadas a $ 45.00 cada una 3.240.00 32.400.00 Restaurante escolar 400.00 4.000.00 Gastos varios: en 12 meses, enero a diciembre: Mensual. Total. Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, materiales de enseñanza, excursiones, deportes e imprevistos $ 490.00 5.880.00 Sumas $ 4.130.00 42.280.00 c). Capítulo 93, artículo 1532. Dotación: febrero a noviembre: Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación; laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, y demás gastos 692.00 6.920.00 Suma $ 6.920.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en el artículo anterior serán giradas a la Secretaria Habilitada de la Escuela.

Artículo 1533Sueldos Del Personal En Enero, Conforme Al Presupuesto De 1953 3

Artículo noveno. Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios; y dotación de la Escuela Normal Rural para Señoritas de Istmina (Chocó), distribúyense así las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente: a). Capítulo 93, artículo 1533. Sueldos del personal en enero, conforme al Presupuesto de 1953 3.238.66 3.238.66 Sueldos y alimentación del personal: Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Directora 550.00 6.050.00 Directora de la Anexa 350.00 3.850.00 Secretaria-Habilitada 280.00 3.080.00 1 Profesora interna de la Normal, 2ª categoría 400.00 4.400.00 4 Profesoras internas de la Normal a $ 350.00 cada una 1.400.00 14.350.00 4 Profesoras internas de la Anexa a $ 250.00 cada una 1.000.00 11.000.00 Capellán-Profesor 140.00 1.540.00 Médico-Profesor 130.00 1.430.00 Odontólogo-Profesor 120.00 1.320.00 Enfermera-bibliotecaria 180.00 1.980.00 Profesorado externo a $ 3.00 hora de clase 300.00 3.300.00 Hortelano-Mensajero 100.00 1.100.00 Ecónoma 100.00 1.100.00 Portera 70.00 770.00 Servicio doméstico, según distribución que hará la Directora 300.00 3.300.00 Suma $ 5.420.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De 16 empleados internos a $ 45.00 cada uno 720.00 7.200.00 Del servicio doméstico 300.00 3.000.00 De 3 empleados internos que por razón de sus cargos deban permanecer en el plantel durante las vacaciones 135.00 270.00 Sumas $ 6.575.00 72.278.66 b). Capítulo 93, artículo 1534. Becas, Restaurante y Varios: Becas en 10 meses, febrero a noviembre: De 35 alumnas becadas a $ 45.00 cada una 1.575.00 15.750.00 Restaurante escolar 300.00 3.000.00 Gastos varios: en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, materiales de enseñanza, excursiones, deportes e imprevistos 500.00 6.000.00 Sumas $ 2.375.00 24.750.00 c). Capítulo 93, artículo 1535. Dotación: febrero a noviembre: Mensual. Total Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abono, semillas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación; laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, y demás gastos $ 972.00 9.720.00 Suma $ 9.720.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en el artículo anterior serán giradas a la Secretaria Habilitada de la Escuela.

Artículo 1536Mensual

Artículo decimo. Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios; y dotación de La Escuela Normal Rural para Señoritas de Gigante (Huila), distribúyense así las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente: a). Capítulo 93, artículo 1536. Mensual. Total. Sueldos del personal en enero, conforme al Presupuesto de 1953 $ 4.285.15 4.385.15 Sueldos y alimentación del personal: Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Directora 550.00 6.050.00 Directora de la Anexa 350.00 3.850.00 Secretaria-Habilitada 280.00 3.080.00 1 Profesora Interna de la Normal, 1ª categoría 450.00 4.950.00 3 Profesoras internas de la Normal a $ 350.00 cada una 1.050.00 11.550.00 4 Profesoras internas de la Anexa a $ 250.00 cada una 1.000.00 11.000.00 Capellán-Profesor 140.00 1.540.00 Médico-Profesor 130.00 1.430.00 Odontólogo-Profesor 120.00 1.320.00 Enfermera-Bibliotecaria 180.00 1.980.00 Experto. Agrícola-Profesor 300.00 3.300.00 Profesorado externo a $ 3.00 hora de clase 300.00 3.300.00 Chofer-Motorista 120.00 1.320.00 Hortelano-Mensajero 100.00 1.100.00 Ecónoma 100.00 1.100.00 Portera 70.00 770.00 Servicio doméstico, según distribución que hará la Directora 400.00 4.400.00 Suma $ 5.640.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De 17 empleados internos a $ 45.00 cada uno 765.00 7.650.00 Del servicio doméstico 300.00 3.000.00 De 3 empleados internos que por razón de sus cargos deban permanecer en el plantel durante las vacaciones 135.00 270.00 Sumas $ 6.840.00 77.345.15 b). Capítulo 93, articulo 1537 Becas, Restaurante y Varios: Becas en 8 meses, febrero a septiembre: De 70 alumnas becadas a $ 45.00 cada una 3.150.00 25.200.00 Restaurante escolar 400.00 3.200.00 Gastos varios: en 8 meses, febrero a septiembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, materiales de enseñanza, excursiones, deportes e imprevistos 512.50 4.100.00 Sumas $ 4.062.50 32.500.00 c). Capítulo 93, artículo 1538. Dotación: febrero a noviembre: Para reparaciones locativas; maquinaria, herramientas, abonos, semillas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación; laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, y demás gastos 372.00 3.720.00 Suma $ 3.720.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en el artículo anterior serán giradas a la Secretaria Habilitada de la Escuela.

Artículo 1539Sueldos Del Personal En Enero, Conforme Al Presupuesto De 1953 3

Artículo undécimo. Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios; y dotación de la Escuela Normal Rural para señoritas de La Cruz de Mayo (Nariño), distribúyense así las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente: a). Capítulo 93, artículo 1539. Sueldos del personal en enero, conforme al Presupuesto de 1953 3.402.33 3.402.33 Sueldos y alimentación del personal: Mensual. Total. Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Directora $ 550.00 6.050.00 Directora de la Anexa, 1ª Categoría 450.00 4.950.00 Secretaria-Habilitada 280.00 3.080.00 1 Profesora interna, de la Normal, 3ª categoría 370.00 4.070.00 3 Profesoras internas de la Normal a $350.00 cada una 1.050.00 11.550.00 5 Profesoras internas de la Anexa a $ 250.00 cada una 1.250.00 12.750.00 Capellán-Profesor 140.00 1.540.00 Médico-Profesor 130.00 1.430.00 Odontólogo-Profesor 120.00 1.320.00 Enfermera-Bibliotecaria 180.00 1.980.00 Experto Agrícola-Profesor 300.00 3.300.00 Profesorado externo a $ 3.00 hora de clase 300.00 3.300.00 Chofer-Motorista 120.00 1.320.00 Ecónoma 100.00 1.100.00 Portera 70.00 770.00 Servicio doméstico, según distribución que hará la Directora 100.00 1.100.00 Suma $ 5.510.00 Alimentación en 10 meses, enero a julio y de octubre a diciembre: De 16 empleados internos a $ 45.00 cada uno 720.00 7.200.00 Del servicio doméstico 300.00 3.000.00 De 3 empleados internos que por razón de sus cargos deban permanecer en el plantel durante las vacaciones 135.00 270.00 Sumas $ 6.665.00 73.482.33 b). Capítulo 93, artículo 1540. Becas, Restaurante y Varios: Becas en 10 meses, enero a julio y de octubre a diciembre: De 70 alumnas becadas a $ 45.00 cada una 3.150.00 31.500.00 Restaurante escolar 210.00 2.100.00 Gastos varios: en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles, de escritorio, materiales de enseñanza, excursiones, deportes e imprevistos 200.00 2.400.00 Sumas $ 3.560.00 36.000.00 c). Capítulo 93, artículo 1541. Dotación: febrero a noviembre. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación; laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales y demás gastos 220.00 2.200.00 Suma $ 2.200.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en el artículo anterior serán giradas a la Secretaria-Habilitada de la Escuela.

Artículo 1542Sueldos Del Personal En Enero, Conforme Al Presupuesto De 1953 4

Artículo duodécimo. Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios; y dotación de la Escuela Normal Rural para Señoritas "Francisco de Paula Santander", de Málaga (Santander), distribúyense así las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional, vigente: a). Capítulo 93, artículo 1542. Sueldos del personal en enero, conforme al Presupuesto de 1953 4.583.33 4.583.33 Sueldos y alimentación del personal Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Directora 550.00 6.050.00 Directora de la Anexa 350.00 3.850.00 Secretaria-Habilitada 280.00 3.080.00 4 Profesoras internas de la Normal a $ 350.00 cada una 1.400.00 15.400.00 5 Profesoras internas de la Anexa a $ 250.00 cada una 1.250.00 12.750.00 Mensual. Total. Capellán-Profesor $ 140.00 1.540.00 Médico-Profesor 130.00 1.430.00 Odontólogo-Profesor 120.00 1.320.00 Enfermera-Bibliotecaria 180.00 1.980.00 Experto Agrícola Profesor 300.00 3.300.00 Profesorado externo a $ 3.00 hora de clase 300.00 3.300.00 Hortelano-Mensajero 100.00 1.100.00 Ecónoma 100.00 1.100.00 Portera 70.00 770.00 Servicio doméstico, según distribución que hará la Directora 290.00 3.190.00 Suma $ 5.560.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De 15 empleados internos a $ 45.00 cada uno 675.00 6.750.00 Del servicio doméstico 300.00 3.000.00 De 3 empleados internos, que por razón de sus cargos deban permanecer en el plantel durante las vacaciones 135.00 270.00 Sumas $ 6.670.00 74.763.33 b). Capítulo 93, artículo 1543. Becas Restaurante y Varios: Becas en 10 meses febrero a noviembre: De 70 alumnas becadas a $ 45.00 cada una 3.150.00 31.500.00 Restaurante escolar 210.00 2.100.00 Gastos varios: en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, materiales de enseñanza, excursiones, deportes e imprevistos 200.00 2.400.00 Sumas $ 3.650.00 36.000.00 c). Capítulo 93, artículo 1544. Dotación: febrero a noviembre: Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación; laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, y demás gastos 220.00 2.200.00 Sumas $ 2.200.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en el artículo anterior serán giradas a la Secretaria-Habilitada de la Escuela.

Artículo 1545Sueldos Del Personal En Enero, Conforme Al Presupuesto De 1953 3

Artículo décimotercero. Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios; y dotación de la Escuela Normal Rural para Señoritas "Jorge Isaac" de Roldanillo (Valle), distribúyense así las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente: a) Capítulo 93, artículo 1545. Sueldos del personal en enero, conforme al Presupuesto de 1953 3.504.16 3.504.16 Sueldos y alimentación del personal: Sueldos, en 11 meses, febrero a diciembre: Directora 550.00 6.050.00 Directora de la Anexa, 4ª categoría 350.00 3.850.00 Secretaria-Habilitada 280.00 3.080.00 4 Profesoras internas de la Normal a $ 350.00 cada una 1.400.00 15.400.00 5 Profesoras internas de la Anexa a $ 250.00 cada una 1.250.00 12.750.00 Capellán-Profesor 140.00 1540.00 Médico-Profesor 130.00 1.430.00 Odontólogo-Profesor 120.00 1.320.00 Enfermera-Bibliotecaria 180.00 1.980.00 Experto Agrícola Profesor 300.00 3.300.00 Profesorado externo a $ 3.00 hora de clase 300.00 3.300.00 Hortelano-Mensajero 100.00 1.100.00 Ecónoma 100.00 1.100.00 Portera 70.00 770.00 Servicio doméstico, según distribución que hará la Directora 180.00 1.980.00 Suma $ 5.450.00 Mensual. Total. Alimentación en 10 meses, enero a julio y octubre a diciembre: De quince empleados internos a $ 45.00 cada uno $ 675.00 6.750.00 Del servicio doméstico 300.00 3.000.00 De 3 empleados internos que por razón de sus cargos deban permanecer en el plantel durante las vacaciones 135.00 270.00 Sumas $ 6.560.00 72.474.16 b). Capítulo 93, artículo 1546. Becas, Restaurante y Varios: Becas en 10 meses, enero a julio y de octubre a diciembre: De 40 alumnas becadas a $ 45.00 cada una 1.800.00 18.000.00 Restaurante escolar 210.00 2.100.00 Gastos varios: en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, materiales de enseñanza, excursiones, deportes e imprevistos 280.00 3.360.00 Sumas $ 2.290.00 24.460.00 c). Capítulo 93, artículo 1547. Dotación: febrero a noviembre: Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación, laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales y demás gastos 500.00 5.000.00 Suma $ 5.000.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en el artículo anterior serán giradas a la Secretaria Habilitada de la Escuela.

Artículo 1548Sueldos Del Personal En Enero, Conforme Al Presupuesto De 1953 $ 1

Artículo décimocuarto. Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios; y dotación de las Escuelas Normal Rural para Varones "José Eusebio Caro" de Popayán (Cauca), distribúyense así las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente: a). Capítulo 93, artículo 1548. Sueldos del personal en enero, conforme al Presupuesto de 1953 $ 1.770.00 1.770.00 Sueldos y alimentación del personal: Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 500.00 5.500.00 Director de la Anexa 350.00 3.850.00 Secretario-Habilitado 280.00 3.080.00 1 Profesor interno de la Normal. 1ª categoría 450.00 4.950.00 1 Profesor interno de la Normal 350.00 3.850.00 2 Profesores internos de la Anexa a $ 250.00 cada uno 500.00 5.500.00 Capellán-Profesor 140.00 1.540.00 Ecónomo 100.00 1.100.00 Portero-Hortelano 70.00 770.00 Servicio doméstico, según distribución que hará el Director 100.00 1.100.00 Suma $ 2.840.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De 8 empleados internos a $ 45.00 cada uno 360.00 3.600.00 Del servicio doméstico 200.00 2.000.00 De 2 empleados internos que por razón de sus cargos deban permanecer en el plantel durante las vacaciones 90.00 180.00 Sumas $ 3.490.00 38.790.00 b). Capítulo 93, artículo 1549. Becas, Restaurante y Varios: Becas en 10 meses, febrero a noviembre: De 25 alumnos becados a $ 45.00 cada uno 1.125.00 11.250.00 Restaurante escolar 300.00 3.000.00 Gastos varios: en 12 meses, enero a diciembre: Mensual. Total. Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, materiales de enseñanza, excursiones, deportes e imprevistos $ 500.00 6.000.00 Sumas $ 1.925.00 20.250.00 c). Capítulo 93, artículo 1550. Dotación: febrero a noviembre: Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación, laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, y demás gastos 680.00 6.800.00 Suma $ 6.800.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en el artículo anterior, serán giradas al Secretario-Habilitado de la Escuela.

Artículo 1551Sueldos Del Personal En Enero, Conforme Al Presupuesto De 1953 4

Artículo décimoquinto. Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios; y dotación de la Escuela Normal Rural para varones del Guamo (Tolima), distribúyense así las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente: a). Capítulo 93, artículo 1551. Sueldos del personal en enero, conforme al Presupuesto de 1953 4.027.00 4.027.00 Sueldos y alimentación del personal: Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 550.00 6.050.00 Director de la Anexa, 2ª categoría secundaria 420.00 4.620.00 Secretario-Habilitado 280.00 3.080.00 1 Profesor interno de la Normal, 2ª categoría 420.00 4.620.00 4 Profesores internos de la Normal a $ 350.00 cada uno 1.400.00 14.350.00 5 Profesores internos de la Anexa a $ 250.00 cada uno 1.250.00 12.750.00 Capellán-Profesor 140.00 1.540.00 Médico-Profesor 130.00 1.430.00 Odontólogo-Profesor 120.00 1.320.00 Experto Agrícola-Profesor 300.00 3.300.00 Enfermero-Bibliotecario 180.00 1.980.00 Profesorado externo a $ 3.00 hora de clase 300.00 3.300.00 Ecónomo 100.00 1.100.00 Hortelano-Mensajero 100.00 1.100.00 Portero 70.00 770.00 Servicio doméstico, según distribución que hará el Director 300.00 3.300.00 Suma $ 6.060.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De 16 empleados internos a $ 45.00 cada uno 720.00 7.200.00 Del servicio doméstico 300.00 3.000.00 De 3 empleados internos que por razón de sus cargos deban permanecer en el plantel durante las vacaciones 135.00 270.00 Sumas $ 7.215.00 79.107.00 b). Capítulo 93, artículo 1952. Becas, Restaurante y Varios: Becas en 10 meses, febrero a noviembre: De 50 alumnos becados a $ 45.00 cada uno 2.250.00 22.500.00 Restaurante escolar 290.00 2.900.00 Gastos varios: en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, materiales de enseñanza, deportes, excursiones e imprevistos 300.00 3.600.00 Sumas $ 2.840.00 29.000.00 c). Capítulo 93, artículo 1553. Dotación: febrero a noviembre: Mensual. Total. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas .abonos, semillas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación; laboratorios, porquerizas y demás gastos $ 178.00 1.780.00 Suma $ 1.780.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en el artículo anterior serán giradas al Secretario Habilitado de la Escuela.

Artículo 1554Sueldos Del Personal En Enero Conforme Al Presupuesto De 1953 2

Artículo décimosexto. Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios; y dotación de la Escuela Normal Rural para Varones "Guillermo Quintero Calderón" de Convención (Norte de Santander), distribúyense así las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente: a). Capítulo 93, artículo 1554. Sueldos del personal en enero conforme al Presupuesto de 1953 2.490.00 2.490.00 Sueldos y alimentación del personal: Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 500.00 5.500.00 Director de la Anexa, 2ª categoría secundaria 420.00 4.620.00 Secretario-Habilitado 280.00 3.080.00 2 Profesores internos de la Normal a $ 350.00 cada uno 700.00 7.700.00 2 Profesores internos de la Anexa a $ 250.00 cada uno 500.00 5.500.00 Profesor de Agricultura y Zootecnia 180.00 2.160.00 Médico-Profesor 130.00 1.430.00 Ecónoma 100.00 1.100.00 Servicio doméstico, según distribución que hará el Director 80.00 880.00 Suma $ 2.890.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De 8 empleados internos a $ 45.00 cada uno 360.00 3.600.00 Del servicio doméstico 92.00 920.00 Sumas $ 3.342.00 38.980.00 b). Capítulo 93, artículo 1555. Becas, Restaurante y Varios: Becas en 10 meses, febrero a noviembre: De 35 alumnos becados a $ 45.00 cada uno 1.575.00 15.750.00 Restaurante escolar 325.00 3.250.00 Gastos varios: en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, materiales de enseñanza, excursiones, deportes e imprevistos 500.00 6.000.00 Sumas $ 2.400.00 25.000.00 c). Capítulo 93, artículo 1556. Dotación: febrero a noviembre: Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos; semillas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación; laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, y demás gastos 452.00 4.520.00 Suma $ 4.520.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en el artículo anterior serán giradas al Secretario-Habilitado de la Escuela. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional