Micelio

decreto 2270 de 1953

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y especialmente de la que le confiere el articulo 5° del Decreto ley número 3692 de 1950

Artículo 1

Artículo primero. A partir del 1° de septiembre de 1953, se crean en la División de Extensión del Ministerio de Agricultura, los cargos cuyas asignaciones mensuales se señalan a continuación: Sección Defensa y Conservación de Suelos: Tres Ingenieros Agrónomos; Supervisores de Campo, cada uno a $ 650.00 Siete Prácticos Agrícolas Especializados, cada uno a 350.00 Un Chofer de 2ª categoría 200.00

Artículo 2

El gasto que ocasione este Decreto se atenderá por el presente año con imputación al Capítulo 51, artículo 530 del Presupuesto Nacional vigente, previa la traslación a que hubiere lugar.

Artículo 530Del Presupuesto Nacional Vigente, Previa La Traslación A Que Hubiere Lugar

Artículo segundo. El gasto que ocasione este Decreto se atenderá por el presente año con imputación al Capítulo 51, artículo 530 del Presupuesto Nacional vigente, previa la traslación a que hubiere lugar. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura