en desarrollo de las facultades extraordinarias conferidas en el artículo 332 de la Ley 1955 de 2019 se expidió el Decreto Ley 2037 de 2019, mediante el cual se desarrolló la estructura de la Contraloría General de la República, se crearon varias dependencias entre las cuales está la Dirección de Información, Análisis y Reacción Inmediata. Que, como consecuencia de la nueva estructura, mediante el Decreto ley 2038 de 2019, se modificó la planta de personal de la Contraloría General de la República y se creó el empleo de Direc
Considerando · 3 motivos
Que en desarrollo de las facultades extraordinarias conferidas en el artículo 332 de la Ley 1955 de 2019 se expidió el Decreto Ley 2037 de 2019, mediante el cual se desarrolló la estructura de la Contraloría General de la República, se crearon varias dependencias entre las cuales está la Dirección de Información, Análisis y Reacción Inmediata. Que, como consecuencia de la nueva estructura, mediante el Decreto ley 2038 de 2019, se modificó la planta de personal de la Contraloría General de la República y se creó el empleo de Director de Información, Análisis y Reacción Inmediata, sin código ni grado salarial.
Que el parágrafo 1° del artículo 1° del Decreto Ley 2038 de 2019, señala que la remuneración del empleo de Director de Información, Análisis y Reacción Inmediata, será fijada por el Presidente de la República en ejercicio de las facultades conferidas en la Ley 4ª de 1992.
Que con el objeto de garantizar la entrada en funcionamiento de la Dirección de Información, Análisis y Reacción Inmediata, se requiere fijar la remuneración para el citado empleo. Que, en mérito de lo expuesto;
Artículo 1°
°. Remuneración . A partir del 1° de enero de 2020, el Director de Información, Análisis y Reacción Inmediata de la Contraloría General de la República, tendrá derecho a percibir una remuneración mensual de veinticinco millones cuatrocientos treinta mil doscientos veinticinco pesos ($25.430.225) moneda corriente, distribuida así:
La prima técnica y de alta gestión de que trata este artículo no constituyen factor salarial para ningún efecto legal.
Además de la remuneración antes señalada en el presente artículo el Director de Información, Análisis y Reacción Inmediata, tendrá derecho a percibir los demás elementos salariales y prestacionales generales que se reconocen a los servidores de la Contraloría General de la República.
Artículo 2°
°. Vigencia . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 2020.