en ejercicio de las facultades que le confieren el artículo 8° de la Ley 63 de 1923 y el artículo 30 del Decreto-ley 001 de 1984, y CONSIDERANDO: Que el Consejo de Ministros en sesión del 5 de octubre de 2000, con fundamento en el principio de verdad sabida y buena fe guardada consagrado en el artículo 8° de la Ley 63 de1923, aceptó el impedimento manifestado por el señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, doctor Juan Manuel Santos, para conocer y adelantar todos los asuntos -inclusive la celebración de contratos- relac
Considerando · 2 motivos
Que el Consejo de Ministros en sesión del 5 de octubre de 2000, con fundamento en el principio de verdad sabida y buena fe guardada consagrado en el artículo 8° de la Ley 63 de1923, aceptó el impedimento manifestado por el señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, doctor Juan Manuel Santos, para conocer y adelantar todos los asuntos -inclusive la celebración de contratos- relacionados con las sociedades Enrique Santos Castillo y Cía. Ltda. y la Casa Editorial El Tiempo S. A.
Que el artículo 8° de la Ley 63 de 1923 dispone que en caso de que el Ministro recusado o cuyo impedimento fuese aceptado, hubiere de separarse del conocimiento del negocio será el Presidente de la República quien adscriba la decisión del asunto a otro cualquiera de los Ministros del Despacho;
Artículo 1Nómbrase Como Ministro De Hacienda Y Crédito Público Ad Hoc Al Doctor Augusto Ramírez Ocampo, Ministro De Desarrollo Económico, Para Conocer Y Adelantar Todos Los Asuntos -Inclusive La Celebración De Contratos- Relacionados Con Las Sociedades Enrique Santos Castillo Y Cía
°. Nómbrase como Ministro de Hacienda y Crédito Público Ad hoc al doctor Augusto Ramírez Ocampo, Ministro de Desarrollo Económico, para conocer y adelantar todos los asuntos -inclusive la celebración de contratos- relacionados con las sociedades Enrique Santos Castillo y Cía. Ltda. y la Casa Editorial El Tiempo S. A.
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Comuníquese,