Micelio

decreto 1909 de 1995

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Artículo 1Declarar Como Monumento Nacional, La Casa De La Hacienda El Otoño, Localizada En La Sabana De Bogotá

°. Declarar como Monumento Nacional, la Casa de la Hacienda El Otoño, localizada en la Sabana de Bogotá.

Artículo 2En Aplicación De Los Dispuesto Por La Ley 163 De 1959 Y Su Decreto Reglamentario, Todas Las Restauraciones, Refacciones, Remodelaciones Y Las Obras De Protección, Defensa Y Conservación Que Deban Efectuarse En La Casa De La Hacienda El Otoño, Deberán Contar Con El Permiso Previo Del Consejo De Monumentos Nacionales

°. En aplicación de los dispuesto por la Ley 163 de 1959 y su Decreto reglamentario, todas las restauraciones, refacciones, remodelaciones y las obras de protección, defensa y conservación que deban efectuarse en la Casa de la Hacienda El Otoño, deberán contar con el permiso previo del Consejo de Monumentos Nacionales.

Artículo 3

° . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 2 de noviembre de 1995. ERNESTO SAMPER PIZANO. La Ministra de Educación Nacional, María Emma Mejía Vélez.