Artículo 1Adiciánanse Los Cómputos Del Presupuesto De Rentas Y Recursos De Capital Del Tesoro De La Nación Para La Vigencia Fiscal De 1975 En La Cantidad De Ciento Cuarenta Y Siete Millones Ochocientos Sesenta Y Un Mil Ciento Treinta Y Un Pesos ($ 147
Articulo 1° Adiciánanse los cómputos del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1975 en la cantidad de ciento cuarenta y siete millones ochocientos sesenta y un mil ciento treinta y un pesos ($ 147.861.131.00) moneda legal, que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 15 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República se incorporarán con, imputación al siguiente numeral: AQUÍ VA PDF ADJUNTO. PAG. 7. DIARIO OFICIAL 34453
Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábranse Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gasto Para La Vigencia Fiscal De 1975
° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábranse los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gasto para la vigencia fiscal de 1975. AQUÍ VA PDF ADJUNTO. PAG. 7. DIARIO OFICIAL 34453
Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.