Micelio

decreto 47 de 1924

3 artículos · lectura continua

Artículo 1Autorízase Al Ministro De Instrucción Pública Para Que Ensaye Uno De Los Dos Sistemas Enumerados, En El Suministro De Alimentos Para El Personal Interno De La Escuela Normal Central De Instructoras

º Autorízase al Ministro de Instrucción Pública para que ensaye uno de los dos sistemas enumerados, en el suministro de alimentos para el personal interno de la Escuela Normal Central de Instructoras.

Artículo 2Por Resoluciones Especiales Será Reglamentado Tal Servicio, Así Como Se Señalarán El Personal De Que Ha De Constar, Sus Asignaciones Y Deberes

º Por resoluciones especiales será reglamentado tal servicio, así como se señalarán el personal de que ha de constar, sus asignaciones y deberes.

Artículo 3Caso De Resultar Economías En El Manejo De Los Fondos Provenientes De Las Pensiones Alimenticias, Queda Autorizado El Ministerio Para Invertirlas En La Mejora Del Establecimiento

º Caso de resultar economías en el manejo de los fondos provenientes de las Pensiones alimenticias, queda autorizado el Ministerio para invertirlas en la mejora del establecimiento. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario, encargado del despacho