Micelio

decreto 763 de 1953

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Artículo 1842Del Presupuesto De La Vigencia Fiscal De 1953, "para Estudios, Construcción, Reconstrucción Y Pavimentación De Carreteras Nacionales, De Acuerdo Con Los Respectivos Compromisos, Contractuales, Hácese La Siguiente Distribución: Capítulo 117, Artículo 1842, Ordinal 9)

Artículo único. De la partida apropiada en el Capítulo 117, artículo 1842 del Presupuesto de la Vigencia fiscal de 1953, "Para estudios, construcción, reconstrucción y pavimentación de carreteras nacionales, de acuerdo con los respectivos compromisos, contractuales, hácese la siguiente distribución: Capítulo 117, artículo 1842, ordinal 9). Para atender a la Reconstrucción de la carretera de Quibdó Yuto $ 100.000.00 Comuníquese y publíquese.