Artículo 1Hácense Los Siguientes Contracréditos En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1973
° Hácense los siguientes contracréditos en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1973. Presupuesto de Funcionamiento. MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO CAPITULO 141 Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Programa 164. Preparación, ejecución y control del Presupuesto Nacional, Servicios personales. 101 - 111 - 103 - Artículo 1459. Sueldos del personal de nómina $ 184,647.98 Programa 167. Servicios administrativos. Servicios personales. 102.- 111 - 129 Artículo 1498. Subsidio familiar 1.000.000.00 Suman los contracreditos $ 1.184.647.98
Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1973
° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1973. Presupuesto de Funcionamiento. MINISTERIO DE HCIENDA Y CREDITO PUBLICO CAPITULO 141 Ministerio de Hacienda y Crédito Pública Programa 171 Pago de vigencias expiradas. Artículo 1564. Para el pago de deudas de vigencias expiradas por concepto de servicios personales, mediante resoluciones de reconocimiento que requerirán la aprobación de la Dirección General del Presupuesto $ 684.647.98 Artículo 1565. Para el pago de deudas de vigencias expiradas por concepto de gastos generales, mediante resoluciones de reconocimiento que requerirán la aprobación de la Dirección General del Presupuesto 500.000.00 Suman los créditos $ 1.184.647.98
Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.