Micelio

decreto 2361 de 2019

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en las Leyes 15 de 1959 y 4ª de 1992.

Artículo 1°

° . Auxilio de transporte para 2020. Fijar a partir del primero (1°) de enero de dos mil veinte (2020), el auxilio de transporte a que tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores particulares que devenguen hasta dos (2) veces el Salario Mínimo Legal Mensual Vigente, en la suma de ciento dos mil ochocientos cincuenta y cuatro pesos ($102.854.oo) mensuales, que se pagará por los empleadores en todos los lugares del país, donde se preste el servicio público de transporte.

Artículo 2Vigencia Y Derogatoria

°. Vigencia y derogatoria . El presente decreto rige a partir del primero (1°) de enero del año dos mil veinte (2020) y deroga el Decreto 2452 de 2018.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en las Leyes 15 de 1959 y 4ª de 1992
El Ministro de Hacienda Crédito Público
La Ministra del Trabajo
La Ministra de Transporte