Micelio

decreto 915 de 1954

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de San Jerónimo, (Antioquia), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

Artículo 2

Para sueldos y alimentación del personal; y dotación del Curso Piloto anexo a la Vocacional Agrícola de San Jerónimo (Antioquia), distribúyense las partidas apropiaen el Presupuesto Nacional vigente, así:

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de San Jerónimo (Antioquia).

Artículo 3

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Boavita (Boyacá), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, asi:

Artículo 4

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Zetaquirá (Boyacá), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así:

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.

Artículo 5

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Umbita (Boyacá), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así:

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.

Artículo 6

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Pensilvania (Caldas), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente asi:

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores, serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.

Artículo 7

Para sueldos, y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela. Complementaria (Vocacional) Agrícola de Bolívar (Cauca), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así:

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.

Artículo 8

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación, de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Marsella (Caldas), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente así:

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.

Artículo 9

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Belalcázar (Cauca), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así:

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.

Artículo 1312Sueldos Y Alimentación Del Personal: Sueldos En Enero: Mensual Total Director $ 320

Artículo primero. Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de San Jerónimo, (Antioquia), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1312. Sueldos y alimentación del personal: Sueldos en enero: Mensual Total Director $ 320.00 320.00 Profesor Cursos Campesinos 300.00 300.00 Profesor Habilitado 280.00 280.00 Mayordomo Herramientero 130.00 130.00 Servicio doméstico 70.00 70.00 Alimentación en enero: De 3 empleados internos (Director, Mayordomo y servicio doméstico) 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 350.00 3.850.00 Profesor de Cursos Campesinos 335.00 3685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor de Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Del profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Del Mayordomo y servicio doméstico 120.00 1.200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio 135.00 135.00 Sumas $ 3.270.00 21.920.00

b)

Capítulo 93, artículo 1313. Becas, restaurante y varios : Becas y restaurante en 10 meses, febrero a noviembre: De cincuenta becados internos a $ 50.00 cada uno 2.500.00 25.000.00 Para sostenimiento del personal externo de restaurante 450.00 4.500.00 Gastos varios en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, material de enseñanza, deportes, excursiones y demás gastos 250.00 3.000.00 Sumas $ 3.200.00 32.500.00

c)

Capítulo 93, artículo 1314. Dotación: En 10 meses: Mensual Total Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas fungicidas, insecticidas, animales de transporte, cría y explotación, laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, imprevistos y demás gastos $ 1.593.00 15.930.00

Artículo 1315Sueldos Y Alimentación Del Personal: Sueldos En Enero

Artículo segundo. Para sueldos y alimentación del personal; y dotación del Curso Piloto anexo a la Vocacional Agrícola de San Jerónimo (Antioquia), distribúyense las partidas apropiaen el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1315. Sueldos y alimentación del personal: Sueldos en enero. De dos Expertos Agrícolas a $ 300.00 cada uno 600.00 600.00 Sueldos en 11 meses febrero a diciembre: De dos Expertos Agrícolas a $ 335.00 cada uno 670.00 7370.00 Alimentación en 10 meses, febero a noviembre: De dos Expertos Agrícolas a $ 80.00 cada uno 160.00 1.600.00 Sumas $ 1.430.00 9.570.00

b)

Capítulo 93, artículo 1316. Dotación: en 10 meses. Para jornales, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, drogas, propaganda, materiales de enlucimiento, animales de transporte, implementos agrícolas y zootécnicos, imprevistos y demás gastos 2.000.00 20.000.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de San Jerónimo (Antioquia).

Artículo 1317Sueldos Y Alimentación Del Personal: Sueldos En Enero: Director $ 300

Artículo tercero. Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Boavita (Boyacá), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, asi

a)

Capítulo 93, artículo 1317. Sueldos y alimentación del personal: Sueldos en enero: Director $ 300.00 300.00 Profesor de los Cursos Campesinos 290.00 290.00 Profesor Habilitado 260.00 260.00 Mayordomo Herramientero 70.00 70.00 Servicio doméstico 70.00 70.00 Alimentación en enero: De tres empleados internos (Director, Mayordomo y servicio doméstico) 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director $ 350.00 3.500.00 Profesor de Cursos Campesinos 335.00 3.685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor de Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.420.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Del Profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Mensual Total Del Mayordomo y servicio doméstico $ 120.00 1.200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor interno. Mayordomo y servicio 135.00 135.00 Sumasa $ 3.210.00 21.860.00

b)

Capítulo 93, artículo 1318. Becas, restaurante y varios: Becas y restaurante en 10 meses, febrero a noviembre: De treinta becados internos a $ 50.00 cada uno 1.500.00 15.000.00 Para sostenimiento del personal externo de restaurante 360.00 3.600.00 Gastos varios en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, material de enseñanza, excursiones, deportes e imprevistos 250.00 3.000.00 Sumas $ 2.110.00 21.600.00

c)

Capítulo 93, artículo 1319. Dotación : en 10 meses. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación, laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, imprevistos y demás gastos 815.00 8.150.00 De los Cursos Campesinos: Maquinaria y herramientas, abonos, semillas, animales de transporte, fungicidas, insecticidas, drogas, jornales, propaganda, materiales de enlucimiento, imprevistos y demás gastos 676.00 6.760.00 Sumas $ 1.491.00 14.910.00

Artículo 1320Sueldos Y Alimentación Del Personal: Sueldos En Enero: Director $ 320

Artículo cuarto. Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Zetaquirá (Boyacá), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1320. Sueldos y alimentación del personal: Sueldos en enero: Director $ 320.00 320.00 Profesor de los Cursos Campesinos 300.00 300.00 Profesor Habilitado 280.00 280.00 Mayordomo herramientero 130.00 130.00 Servicio doméstico 70.00 70.00 De tres empleados internos (Director, Mayordomo, y servicio doméstico) Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 350.00 3.850.00 Profesor de Cursos Campesinos 335.00 3.685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor de Cultura General. Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Del Profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Del Mayordomo y servicio doméstico 120.00 1.200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio doméstico 135.00 135.00 Sumas $ 3.270.00 21.920.00

b)

Capítulo 93, artículo 1321. Becas, restaurante y varios: Mensual Total Becas, en 10 meses, febrero a noviembre: De treinta becados internos a $ 50.00 cada uno $ 1.500.00 15.000.00 Gastos varios en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, drogas, jornales, útiles de escritorio, material de enseñanza, excursiones, deportes e imprevistos 200.00 2.400.00 Sumas $ 1.700.00 17 . 400.00

c)

Capítulo 93, artículo 1322. Dotación: En 10 meses, Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación, laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, imprevistos y demás 403.00 4.030.00 De los Cursos Campesinos: Maquinaria y herramientas, abonos, semillas, animales de transporte, fungicidas, insecticidas, drogas, jornales, propaganda, materiales de enlucimiento, imprevistos y demás gastos 503.00 5.000.00 Sumas $ 903.00 9.030.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.

Artículo 1323

Artículo quinto. Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Umbita (Boyacá), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93 , artículo 1323 . Sueldos y alimentación del personal: Sueldos en enero: Director $ 300.00 300.00 Profesor Cursos Campesinos 290.00 290.00 Profesor Habilitado 260.00 260.00 Mayordomo Herramientero 120.00 120.00 Servicio doméstico 70.00 70.00 Alimentación en enero: De tres empleados internos (Director, Mayordomo y servicio doméstico) 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 350.00 3.850.00 Profesor de los Cursos Campesinos 335.00 3.685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor de Cultúra General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Del Profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Del Mayordomo y servicio doméstico 120.00 1.200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio doméstico 135.00 135.00 Sumas $ 3.210.00 21.860.00

b)

Capítulo 93, artículo 1324. Becas, restaurante y varios: Becas en 10 meses, febrero a noviembre: De treinta becados internos a $ 50.00cada uno 1.500.00 15.000.00 Gastos varios en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, drogas, jornales, útiles de escritorio, material de enseñanza, excursiones, deportes, imprevistos y demás gastos 180.00 2.160.00 Sumas $ 1.680.00 17.160.00

c)

Capítulo 93 , artículo 1325 . Mensual Total Dotación : en 10 meses. Para reparaciones locativas, maquinarias, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación, laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, imprevistos y demás gastos $ 235.00 2.350.00 De los Cursos Campesinos: Maquinaria y herramientas, abonos, semillas, animales de transporte, fungicidas, insecticidas, drogas, jornales, propaganda, materiales de enlucimiento, imprevistos y demás gastos 300.00 3.000.00 Sumas $ 535.00 5.350.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.

Artículo 1326Sueldos Y Alimentación Del Personal Sueldos En Enero: Director $ 300

Artículo sexto. Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Pensilvania (Caldas), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente asi

a)

Capítulo 93, artículo 1326. Sueldos y alimentación del personal Sueldos en enero: Director $ 300.00 300.00 Profesor de Cursos Campesinos 290.00 290.00 Profesor Habilitado 260.00 260.00 Mayordomo Herramientero 120.00 120.00 Servicio doméstico 80.00 80.00 Alimentación en enero: De tres empleados internos (Director, Mayordomo y servicio doméstico) 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director $ 350.00 3.850.00 Profesor Cursos Campesinos 335.00 3.685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Del Profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Del Mayordomo y servicio doméstico 120.00 1.200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio doméstico 135.00 135.00 Sumas $ 3.670.00 21.870.00

b)

Capítulo 93 , artículo 1327 . Becas, restaurante y varios: Becas en 10 meses, febrero a noviembre: De cuarenta becados internos a $ 50.00 cada uno 2.000.00 20.000.00 Gastos varios en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, material de enseñanza, deportes, excursiones, imprevistos y demás gastos 200.00 2.400.00 Sumas $ 2.200.00 22.400.00

c)

Capitulo 93 , artículo 1328 . Dotación: en 10 meses. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación, laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, e imprevistos 911.00 9.110.00 De los Cursos Campesinos: Mensual Total Maquinaria y herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de transporte, drogas, jornales, propaganda, materiales de enlucimiento, imprevistos y demás gastos $ 600.00 6.000.00 Sumas $ 1.511.00 15.11.0.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores, serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.

Artículo 1329Sueldos Y Alimentación Del Personal

Artículo séptimo. Para sueldos, y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela. Complementaria (Vocacional) Agrícola de Bolívar (Cauca), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1329. Sueldos y alimentación del personal. Sueldos en enero. Director $ 300.00 300.00 Profesor de Cursos Campesinos 290.00 290.00 Profesor Habilitado 260.00 260.00 Mayordomo Herramientero 120.00 120.00 Servicio doméstico 70.00 70.00 Alimentación en enero. De tres empleados internos (Director, Mayordomo y servicio doméstico) 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director $ 350.00 3.850.00 Profesor Cursos Campesino 335.00 3.685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Alimentación en 10 meses, fe brero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Del Profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Del Mayordomo y servicio doméstico 120.00 1.200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio doméstico 135.00 135.00 Sumas $ 3.210.00 21.860.00

b)

Capítulo 93 , artículo 1330 . Becas, restaurante y varios: Becas en 10 meses, febrero a noviembre: De treinta becados internos a $ 50.00 cada uno 1.500.00 15.000.00 Gastos varios en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, drogas, jómales, útiles de escritorio, material de enseñanza, excursiones, deportes, imprevistos y demás gastos 180.00 2.160.00 Sumas $ 1.680.00 17.160.00

c)

Capítulo 93 , artículo 1331 . Dotación: en 10 meses. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación, laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, imprevistosy demás 415.00 4.150.00 De los Cursos Campesinos: Maquinaria y herramientas, abonos, semillas, fungicidas, animales de transporte, insecticidas, drogas, jornales, propaganda, materiales de enlucimiento, imprevistos y demás gastos 420.00 4.200.00 Sumas $ 835.00 8.350.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.

Artículo 1332

Artículo octavo. Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación, de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Marsella (Caldas), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente así

a)

Capítulo 93 , artículo 1332 . Sueldos y alimentación del personal. Mensual Total Sueldos en enero: Director $ 300.00 300.00 Profesor Cursos Campesinos 290.00 290.00 Profesor Habilitado 260.00 260.00 Mayordomo Herramientero 120.00 120.00 Servicio doméstico 70.00 70.00 Alimentación en enero: De tres empleados internos (Director, Mayordomo, y servicio) 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 350.00 3.850.00 Profesor Cursos Campesinos 335.00 3.685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1430.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Del Profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Del Mayordomo y servicio doméstico 120.00 1.200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio doméstico 135.00 135.00 Sumas $ 3.210.00 21.860.00

b)

Capítulo 93 , artículo 1333 . Becas, restaurante y varios: Becas, y restaurante en 10 meses, febrero a noviembre: De treinta becados internos a $ 50.00 cada uno 1.500.00 15.000.00 Para sostenimiento del personal externo de restaurante 180.00 1.800.00 Gastos varios en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, material de enseñanza, excursiones, deportes e imprevistos 250.00 3.000.00 Sumas $ 1.930.00 19.800.00

c)

Capítulo 93 , artículo 1334 . Dotación : en 10 meses. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, drogas, animales de fomentó, cría y explotación; laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales y demás 1.471.00 14.710.00 De Cursos Campesinos: Maquinaria y herramientas, abonos, semillas, animales de transporte, fungicidas, insecticidas, drogas, jornales, propaganda, materiales de enlucimiento, imprevistos y demás gastos 600.00 6.000.00 Sumas $ 2.071.00 20.710.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.

Artículo 1335

Artículo noveno. Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Belalcázar (Cauca), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1335 . Sueldos y alimentación del personal. Sueldos en enero: Director $ 300.00 300.00 Profesor Cursos Campesinos 290 00 290.00 Mensual Total Profesor Habilitado $ 260.00 260.00 Mayordomo Herramientero 120.00 120.00 Servicio doméstico 70.00 70.00 Alimentación en enero: De tres empleados internos, (Director, Mayordomo y servicio doméstico) 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director $ 350.00 3.850.00 Profesor Cursos Campesinos 335.00 3.685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres empleados internos, a $ 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Del Profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Del Mayordomo y servicio doméstico 120.00 1.200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor Interno, Mayordomo y servicio doméstico 135.00 135.00 Sumas 3.210.00 21.860.00

b)

Capítulo 93 , artículo 1336 . Becas, restaurante y varios: Becas y restaurante en 10 meses, febrero a noviembre: De treinta becados internos a $ 50.00 cada uno 1.500.00 15.000.00 Para sostenimiento del personal externo de restaurante 90.00 900.00 Gastos varios en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, material de enseñanza, deportes, excursiones, imprevistos y demás gastos 150.00 1.800.00 Sumas $ 1.740.00 17.700.00

c)

Capítulo 93, artículo 1337 . Dotación: en 10 meses. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas,, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación, laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, imprevistos y demás 381.00 3.810.00 De los Cursos Campesinos: Maquinaria y herramientas, abonos, semillas, animales de transporte, fungicidas, insecticidas, drogas, jornales, propaganda, materiales de enlucimiento, imprevistos y demás gastos 600.00 6.000.00 Sumas $ 981.00 9.810.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.

Artículo 10Para Sueldos Y Alimentación Del Personal; Becas, Restaurante Y Varios, Y Dotación De La Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola De Ubaté (Cundinamarca), Distribúyense Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto Nacional Vigente, Así: A) Capítulo 93, Artículo 1338

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Ubaté (Cundinamarca), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1338 . Sueldos y alimentación del personal. Sueldos en enero: Director $ 300.00 300.00 Profesor de Cursos Campesinos 290.00 290.00 Profesor Habilitado 260.00 260.00 Mayordomo Herramientero 120.00 120.00 Servicio doméstico 70.00 70.00 Alimentación en enero: De tres empleados internos (Director, Mayordomo, servicio) 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Mensual Total Director $ 350.00 3.850.00 Profesor Cursos Campesinos 335.00 3.865.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Del Profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Del Mayordomo y servicio doméstico 120.00 1.200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio doméstico 135.00 135.00 Sumas $ 3.210.00 21.860.00

b)

Capítulo 93 , artículo 1339 . Becas, restaurante y varios: Becas en 10 meses, febrero a noviembre; De sesenta becados internos a $ 50.00 cada uno 3.000.00 30.000.00 Para sostenimiento del personal externo de restaurante 270.00 2.700.00 Gastos varios en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, drogas, jornales; útiles de escritorio, material de enseñanza, excursiones, deportes, imprevistos y demás gastos 200.00 2.400.00 Sumas $ 3.470.00 35.100.00

c)

Capítulo 93, artículo 1340. Dotación: en 10 meses. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, drogas, animales de transporte, fomento, cría y explotación, laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales y demás gastos 241.00 2.410.00

Artículo 11Para Sueldos Y Alimentación Del Personal; Y Dotación Del Curso Piloto Anexo A La Complementaria (Vocacional) Agrícola De Ubaté {cundinamarca), Distribúyense Las Partidas, Apropiadas, En El Presupuesto Nacional Vigente, Así: A) Capítulo 93 , Artículo 1341

Para sueldos y alimentación del personal; y dotación del Curso Piloto Anexo a la Complementaria (Vocacional) Agrícola de Ubaté {Cundinamarca), distribúyense las partidas, apropiadas, en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93 , artículo 1341 . Sueldos y alimentación del personal: Sueldos en enero: De dos Bxpertos Agrícolas a $ 290.00 cada uno 580.00 580.00 Sueldos en 11 meses, febrero a noviembre: De dos Expertos Agrícolas a $ 335.00 cada uno 670.00 7.370.00 Alimentación en 10 meses, febrer o a noviembre: De dos Expertos Agrícolas a $ 78.00 cada uno 156.00 1.560.00 Sumas $ 1.406.00 9.510.00

b)

Capítulo 93 , articulo 1342 . Dotación: en 10 meses. Para jornales, abonos y semillas, fungicidas, insecticidas, drogas, propaganda, materiales de enlucimiento, animales de transporte, implementos agrícolas y zootécnicos, imprevistos y demás gastos 2.048.00 20.480.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Vocacional Agrícola de Ubaté (Cundinamarca).

Artículo 12Para Sueldos Y Alimentación Del Personal; Becas, Restaurante Y Varios, Y Dotación De La Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola De Sasaima (Cundinamarca), Distribúyense Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto Nacional Vigente, Así: A) Capítulo 93, Artículo 1343

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Sasaima (Cundinamarca), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1343. Sueldos y alimentación del personal: Mensual Total Sueldos en enero: Director $ 300.00 300.00 Profesor de Cursos Campesinos 290.00 290.00 Profesor Habilitado 260.00 260.00 Experto Agrícola 280.00 280.00 Mayordomo Herramientero 120.00 120.00 Servicio doméstico 70.00 70.00 Alimentación en enero: De tres empleados internos (Director, Mayordomo y servicio doméstico) 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 350.00 3.850.00 Profesor de Cursos Campesinos 335.00 3.685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Del Profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Del Mayordomo y servicio doméstico 120.00 1.200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio doméstico 135.00 135.00 Sumas $ 3.490.00 22.140.00

b)

Capítulo 93 , artículo 1344. Becas, restaurante y varias: Becas en 10 meses, febrero a noviembre: De cuarenta becados internos a $ 50.00 cada uno 2.000.00 20.000.00 Gastos varios en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, material de enseñanza, excursiones, deporte e Imprevistos 200.00 22.400.00

c)

Capítulo 93 , artículo 1345 . Dotación: en 10 meses. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, drogas, animales de fomento, cría y explotación, laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales y demás 350.00 3.500.00 De los Cursos Campesinos: Maquinaria y herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de transporte, drogas, jornales, propaganda, materiales de enlucimiento, imprevistos y demás gastos 461.00 4.610.00 Sumas $ 811.00 8.110.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.

Artículo 13Para Sueldos Y Alimentación Del Personal, Becas, Restaurante Y Varios, Y Dotación De La Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola De Anolaima (Cundinamarca), Distribúyense Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto Nacional Vigente, Así: A) Capítulo 93, Artículo 1346

Para sueldos y alimentación del personal, becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Anolaima (Cundinamarca), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1346 . Sueldos y alimentación del personal. Sueldos en enero: Director $ 300.00 300.00 Profesor Cursos Campesinos 290.00 290.00 Profesor Habilitado 260.00 260.00 Capellán 100.00 100.00 Mayordomo Herramientero 120.00 120.00 Servicio doméstico 70.00 70.00 Mensual Total Alimentación en enero: De tres empleados internos (Director, Mayordomo y servicio domésticos) $ 135.00 1.350.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 350.00 3.850.00 Profesor de Cursos Campesinos 335.00 3.685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Del Profesor de Cursos Camsinos 80.00 800.00 Del Mayordomo y servicio doméstico 120.00 1.200.00 Alimentación en diciembre: De un. Profesor interno, Mayordomo y servicio doméstico 135.00 135.00

b)

Capítulo 93, artículo 1347. Becas, restaurante y varios: Becas en 10 meses, febrero a noviembre: De treinta y cinco becados a $ 50.00 cada uno 1.750.00 17.500.00 Para sostenimiento de personal externo de restaurante 270.00 2.700.00 Gastos varios en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, material de enseñanza, deportes y demás gastos 212.50 2.550.00 Sumas $ 2.232.50 22.750.00

c)

Capítulo 93 , artículo 1348 . Dotación : en 10 meses. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación, laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, imprevistos y demás gastos 1.500.00 15.000.00 De los Cursos Campesinos: Maquinaria y herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de transporte, drogas, jorales, propaganda, materiales de enlucimiento, imprevistos y demás gastos 476.00 4.760.00 Sumas $ 1.976.00 19.760.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela. Artículo 14, Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Valsalice (Cundinamarca), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1349 . Sueldos y alimentación del personal, Sueldos en enero: Director $ 300.00 300.00 Profesor de Cursos Campesinos $ 290.00 290.00 Profesor Habilitado 260.00 260.00 Experto Agrícola 280.00 280.00 Mayordomo Herramientero 120.00 120.0 Servicio doméstico 70.00 70.00 Alimentación en enero: De tres empleados internos, (Director, Mayordomo y servicio doméstico) 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 350.00 3.850.00 Profesor Cursos Campesinos 335.00 3.685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Mensual Total Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno $ 150.00 1.500.00 Del Profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Del Mayordomo y servicio doméstico 120.00 1.200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio doméstico 135.00 135.00 Sumas $ 3.490.00 22.140.00

b)

Capítulo 93 , artículo 1350 Becas, restaurante y varios: Becas en 10 meses, febrero a noviembre: De cincuenta becados internos a $ 50.00 cada uno 2.500.00 25.000.00 Gastos varios en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, material enseñanza, excursiones, deportes y demás gastos 200.00 2.400.00 Sumas $ 2.700.00 27.400.00

c)

Capítulo 93, artículo 1351. Dotación: en 10 meses. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales, de fomento, cría y explotación, laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, imprevistos y demás gastos 211.00 2.110.00 De los Cursos Campesinos: Maquinaria, herramientas, abonos, semillas, animales de transporte, fungicidas, insecticidas, drogas, jornales, propaganda, materiales de enlucimiento, imprevistos y demás gastos 200.00 2.000.00 Sumas $ 411.00 4.110.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.

Artículo 15Para Sueldos Y Alimentación Del Personal; Becas, Restaurante Y Varios Y Dotación De La Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola De Carmen De Atrato (Chocó), Distribúyense Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto Nacional Vigente, Así: A) Capítulo 93 , Artículo 1352

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Carmen de Atrato (Chocó), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93 , artículo 1352. Sueldos y alimentación del personal: Sueldos en enero: Director $ 320.00 320.00 Profesor de Cursos Campesinos 300.00 300.00 Profesor Habilitado 280.00 280.00 Mayordomo Herramientero 130.00 130.00 Servicio doméstico 70.00 70.00 Alimentación en enero: De tres empleados internos (Director, Mayordomo, y servicio) 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 350.00 3.850.00 Profesor Cursos Campesinos 335.00 3.685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.4.65.00 Profesor Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Del Profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Del Mayordomo y servicio doméstico 120.00 1.200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio 135.00 135.00 Sumas $ 3.270.00 21.920.00 Mensual Total

b)

Capítulo 93, artículo 1353. Becas, restaurante y varios: Becas y restaurante en 10 meses, febrero a noviembre: De treinta y cinco becados internos a $ 50.00 cada uno $ 1.750.00 17.500.00 Para sostenimiento de personal externo de restaurante 90.00 900.00 Gastos varios en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, material de enseñanza, excursiones, deportes, imr previstos y demás gastos 200.00 2.400.00 Sumas $ 2.040.00 20.800.00

c)

Capítulo 93, artículo 1354 . Dotación: en 10 meses. Para reparaciones locativas maquinaria, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación, laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, imprevistos y demás gastos 2.000.00 20.000.00 De los Cursos Campesinos: Maquinaria y herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de transporte, drogas, jornales, propaganda, materiales de enlucimiento, imprevistos y demás gastos 671.00 6.710.00 Sumas $ 2.671.00 26.710.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.

Artículo 16Para Sueldos Y Alimentación Del Personal; Becas, Restaurante Y Varios, Y Dotación De La Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola De Tadó (Chocó), Distribúyense Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto Nacional, Vigente, Así: A) Capítulo 93, Artículo 1355

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Tadó (Chocó), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional, vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1355. Sueldos y alimentación del personal: Sueldos en enero: Director $ 320.00 320.00 Profesor de Cursos Campesinos 300.00 300.00 Profesor Habilitado 280.00 280.00 Mayordomo Herramientero 130.00 130.00 Servicio doméstico 70.00 70.00 Aliméntación en enero: De tres empleados internos (Director, Mayordomo y servicio) 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director $ 350.00 3.850.00 Profesor de Cursos Campesinos 335.00 3.685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Del Profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Del Mayordomo y servicio doméstico 120.00 1.200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio 135.00 135.00 Sumas $ 3.270.00 21.920.00

b)

Capítulo 93, articulo 1356. Becas , reestaurante y varios. Becas y restaurante en 10 meses, febrero a noviembre: De treinta, becados internos a $ 50.00 cada uno 1.500.00 15.000.00 Para sostenimiento del personal externo de restaurante 180.00 1.800.00 Mensual Total Gastos varios en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas; útiles de escritorio, material de enseñanza, deportes, excursiones, imprevistos y demás gastos $ 200.00 2.400.00 Sumas $ 1.880.00 19.200.00

c)

Capítulo 93, artículo 1357. Dotación: en 10 meses. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de transporte, fomento, Cría y explotación, laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales y demás gastos 1.723.00 17.230.00

Artículo 17Para Sueldos Y Alimentación Del Personal; Y Dotación Del Curso Piloto Para Campesinos Adultos Anexo A La Vocacional Agrícola De Tadó (Chocó), Distribúyense Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto Nacional, Vigente, Así: A) Capítulo 93 , Artículo 1358

Para sueldos y alimentación del personal; y dotación del Curso Piloto para Campesinos Adultos Anexo a la Vocacional Agrícola de Tadó (Chocó), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional, vigente, así

a)

Capítulo 93 , artículo 1358 . Sueldos y alimentación del personal. Sueldos en enero: De dos Expertos Agrícolas a $ 300.00 cada uno 600.00 600.00 Sueldos en 11 meses; febrero a diciembre: De dos Expertos Agrícolas a 335.00 cada uno 670.00 7.370.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De dos Expertos Agrícolas a $ 80.00 cada uno 160.00 1.600.00 Sumas $ 1.430.00 9.570.00

b)

Capítulo 93, artículo 1359. Dotación : en 10 meses. Para jornales, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, drogas, propaganda, materiales de enlucimiento, animales de transporte, implementos agrícolas y zootécnicos, imprevistós y demás gastos $ 2.200.00 22.000.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela Vocacional Agrícola, de Tadó (Chocó).

Artículo 18Para Sueldos Y Alimentación Del Personal; Becas, Restaurante Y Varios Y Dotación De La Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola De La Plata (Huila), Distribúyense Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto Nacional, Vigente, Así: A) Capítulo 93, Artículo 1360

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de la Plata (Huila), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional, vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1360. Sueldos y alimentación del personal. Sueldos en enero: Director $ 320.00 320.00 Profesor de Cursos Campesinos 300.00 300.00 Profesor Habilitado 280.00 280.00 Mayordomo Herramientero 130.00 130.00 Servicio doméstico 70.00 70.00 Alimentación en enero: De tres empleados internos, (Director, Mayordomo y servicio) 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 350.00 3.850.00 Profesor de Cursos Campesinos $ 300.00 320.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor de Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Del Profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Del Mayordomo y servicio doméstico 120.00 1.200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio 135.00 135.00 Sumas $ 3.270.00 21.920.00 Mensual Total

b)

Capítulo 93, artículo 1361. Becas, restaurante y varios: Becas en 10 meses, febrero a noviembre: De veinticinco becados internos a $ 50.00 cada uno $ 1.250.00 12.500.00 Gastos varios e n 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles deescritorio, material de enseñanza, excursiones, deportes y demás gastos 150.00 1.800.00 Sumas $ 1.400.00 14.300.00 a) Capítulo 93, articulo 1363. Dotación : en 10 meses. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de transporte, fomento, cría y explotación, laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, imprevistos y demás gastos 321.00 3.210.00

Artículo 19Para Sueldos Y Alimentación Del Personal; Y Dotación Del Curso Piloto Anexo A La Complementaria (Vocacional) Agrícola De La Plata (Huila), Distribúyense Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto Nacional Vigente, Así: A) Capítulo 93, Artículo 1363

Para sueldos y alimentación del personal; y dotación del Curso Piloto Anexo a la Complementaria (Vocacional) Agrícola de La Plata (Huila), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1363. Sueldos y alimentación del personal. Sueldos en enero: De dos Expertos Agrícolas a $ 300.00 cada uno 600.00 600.00 Sueldos en 11 meses, enero a diciembre: De un Experto Agrícola 335.00 3.685.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De un Experto Agrícola 47.50 475.00 Sumas $ 928.50 4.760.00

b)

Capitulo 93, artículo 1364. Dotación : en 10 meses. Para jornales, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, drogas, propaganda, materiales de enlucimiento, animales de transporte, implementos agrícolas y zootécnicos, imprevistos y demás gastos 324.00 3.240.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela Vocacional Agrícola de La Plata (Huila).

Artículo 20Para Sueldos Y Alimentación Del Personal; Becas, Restaurante Y Varios, Y Dotación De La Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola De Aracataca (Magdalena), Distribúyense Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Aracataca (Magdalena), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto. Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1365. Sueldos y alimentación del personal. Sueldos en enero: Director $ 320 00 320.00 Profesor Cursos Campesinos 300.00 300.00 Profesor Habilitado 280.00 280.00 Mayordomo Herramientero 130.00 130 00 Servicio doméstico 70.00 70.00 Alimentación en enero: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 350.00 3.850.00 Profesor Cursos Campesinos 335.00 3.685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor de Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Alimentación en 10 meses; febrero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Mensual Total Del Profesor de Cursos Campesinos $ 80.00 800.00 Del Mayordomo y servicio doméstico 120.00 1.200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio doméstico 135.00 135.00 Sumas $ 3.270.00 21.920.00

b)

Capítulo 93 , artículo 1366 . Becas, restaurante y varios: Becas en 10 meses, febrero a noviembre: De cuarenta becados internos a $ 50.00 cada uno 2.000.00 20.000.00 Gastos varios en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, material de enseñanza, excursiones, deportes e imprevistos 180.00 2.160.00 Sumas $ 2.180.00 22.160.00

c)

Capítulo 93, articulo 1367 . Dotación: en 10 meses. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación, laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, imprevistos y demás gastos 327.00 3.270.00 De los Cursos Campesinos. Maquinaria y herramientas, abonos, semillas, animales de transporte, fungicidas, insecticidas, drogas, jornales, propaganda, materiales de enlucimiento, imprevistos y demás gastos 500.00 5.000.00 Sumas $ 827.00 8.270.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.

Artículo 21Para Sueldos Y Alimentación Del Personal; Becas, Restaurante Y, Varios, Y Dotación De La Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola De Fonseca (Magdalena), Distribúyense Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto Nacional Vigente, Así: A) Capítulo 93, Artículo 1368

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y, varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Fonseca (Magdalena), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1368. Sueldo y alimentación del personal. Sueldos en enero: Director $ 320.00 320.00 Profesor de Cursos Campesinos 300.00 300.00 Profesor Habilitado 280.00 280.00 Mayordomo Herramientero 130.00 130.00 Servicio doméstico 70.00 70.00 Alimentación en enero: De tres empleados internos, (Director, Mayordomo y servicio) 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 350.00 3.850.00 Profesor Cursos Campsinos 335.00 3.685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Del Profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Del Mayordomo y servicio doméstico 120.00 1.200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio doméstico 135.00 135.00 Sumas $ 3.270.00 21.820.00 Mensual Total

b)

Capítulo 93 , artículo 1369 . Becas, restaurante y varios. Becas en 10 meses, febrero a noviembre: De treinta y cinco becados internes a $ 50.00 cada uno $ 1.750.00 17.500.00 Gastos varios en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, material de enseñanza, deportes, excursiones y demás gastos 80.00 2.160.00 Sumas $ 1.930.00 19.660.00

c)

Capítulo 93 , artículo 1370. Dotación : en 10 meses. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de transporte,, fomento, cría y explotación, laboratorios, porquerizas, y otras dependencias para animales, imprevistos y demás gastos 377.00 3.770.00 De los Cursos Campesinos: Maquinaria y herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de transporte, drogas, jornales, propaganda, materiales de enlucimiento, imprevistos y demás gastos 400.00 4.000.00 Sumas $ 777.00 7.770.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.

Artículo 22Para Sueldos Y Alimentación Del Personal; Becas, Restaurante Y Varios, Y Dotación De La Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola De Guacavía-Restrepo (Meta), Distribúyense Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto Nacional Vigente, Así: A) Capítulo 93, Artículo 1371

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Guacavía-Restrepo (Meta), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1371. Sueldos y alimentación del personal. Sueldos en enero: Director $ 320.00 320.00 Profesor Cursos Campesinos 300.00 300.00 Profesor Habilitado 280.00 280.00 Mayordomo Herramientero 130.00 130.00 Servicio doméstico 70.00 70.00 Alimentación en enero: De tres empleados internos, (Director, Mayordomo y servicio) 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 350.00 3.850.00 Profesor Cursos Campesinos 335.00 3.685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Del Profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Del Mayordomo y servicio doméstico 120.00 1.200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio doméstico 135.00 135.00 Sumas $ 3.270.00 21.920.00

b)

Capítulo 93 , artículo 1372 . Becas, restaurante y varios. Becas en 10 meses, febrero a noviembre: De treinta y cinco becados internos a $ 50.00 cada uno 1.750.00 17.500.00 Para sostenimiento de restaurante 180.00 1.800.00 Mensual Total Gastos varios en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, material de enseñanza, excursiones, deportes, imprevistos y demás gastos $ 200.00 2:400.00 Sumas $ 2.130.00 21.700.00

c)

Capítulo 93, artículo 1373. Dotación: en 10 meses. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, anímales, de fomento, cría y explotación, laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, imprevistos y demás gastos 373.00 3.730.00 De los Cursos Campesinos. Maquinaria y herramientas, abonos, semillas, fungicidas, animales de transporte, insecticidas, drogas, jornales, propaganda, materiales de enlucimiento, imprevistos y demás gastos 600.00 6.000.00 Sumas $ 973.00 9.730.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.

Artículo 23Para Sueldos Y Alimentación Del Personal; Becas, Restaurante Y Varios, Y Dotación De La Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola De Pupiales (Nariño), Distribúyense; Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto Nacional Vigente, Así: A) Capítulo 93 , Artículo 1374

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Pupiales (Nariño), distribúyense; las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93 , artículo 1374 . Sueldos y alimentación del personal. Sueldos en enero: Director $ 300.00 300.00 Profesor Cursos Campesinos 290.00 290.00 Profesor Habilitado 260.00 260.00 Mayordomo Herramientero 120.00 120.00 Servicio doméstico 70.00 70.00 Experto Agrícola 260.00 260.00 Alimentación en enero: De tres empleados internos, (Director, Mayordomo y servircio) 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 350.00 3.850.00 Profesor Cursos Campesinos 335.00 3.685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Del Profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Del Mayordomo y servicio doméstico 120.00 1.200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio doméstico 135.00 135.00 Sumas $ 3.470.00 22.120.00

b)

Capitulo 93, artículo 1375 . Becas, restaurante y varios. Becas y restaurante en 10 meses, febrero a noviembre: De cuarenta becados internos a $ 50.00 cada uno 2.000.00 20.000.00 Para sostenimiento del personal externo de restaurante 360.00 3.600.00 Gastos varios en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, material de enseñanza, deportes, excursiones, imprevistos y demás gastos 140.00 1.680.00 Sumas $ 2.500.00 25.280.00

c)

Capítulo 93, artículo 1376. Mensual Total Dotación : en 10 meses. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de transporte, cría y explotación, laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, imprevistos y demás gastos $ 223.00 2.230.00

Artículo 24Para Sueldos Y Alimentación Del Personal; Y Dotación Del Curso Piloto Para Campesinos Adultos Anexo A La Complementaria (Vocacional) Agrícola De Pupiales (Nariño), Distribúyense Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto Nacional Vigente, Así; A) Capítulo 93, Artículo 1377

Para sueldos y alimentación del personal; y dotación del Curso Piloto para Campesinos Adultos Anexo a la Complementaria (Vocacional) Agrícola de Pupiales (Nariño), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1377. Sueldos y alimentación del personal. Sueldos en enero: De dos Expertos Agrícolas a $ 290.00 cada uno 580.00 580.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: De dos Expertos Agrícolas a $ 335.00 cada uno 670.00 7.370.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De dos Expertos Agrícolas a $ 78.00 cada uno 156.00 1.560.00 Sumas $ 1.400.00 9.510.00

b)

Capítulo 93, artículo 1378. Dotación: en 10 meses. Para jornales, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, drogas, jornales, propaganda, materiales de enlucimiento, animales de transporte, implementos agrícolas y zootécnicos, imprevistos y demás gastos 1.648.00 16.480.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Pupuales (Nariño).

Artículo 25Para Sueldos Y Alimentación Del Personal: Becas, Restaurante Y Varios, Y Dotación De La Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola De La Unión (Nariño), Distribúyense Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto Nacional Vigente, Así: A) Capitulo 93, Artículo 1379

Para sueldos y alimentación del personal: becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de La Unión (Nariño), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capitulo 93, artículo 1379. Sueldos y alimentación del personal. Sueldos en enero: Director $ 320.00 320.00 Profesor de Cursos Campesinos 300.00 300.00 Profesor Habilitado 280.00 280.00 Mayordomo Herramientero 130.00 130.00 Servicio doméstico 70.00 70.00 Alimentación en enero: De tres empleados internos, (Director, Mayordomo, y servicio) 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 350.00 3.850.00 Profesor de Cursos Campesinos 335.00 3.685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Del Profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Del Mayordomo y servicio doméstico 120.00 1.200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio doméstico 135.00 135.00 Sumas $ 3.270.00 21.920.00

b)

Capitulo 93, artículo 1380. Becas, restaurante y varios. Mensual Total Becas y restaurante en 10 meses, febrero a noviembre: De treinta becados internos a $ 50.00 cada uno $ 1.500.00 15.000.00 Para sostenimiento del personal externo de restaurante 90.00 900.00 Gastos varios en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, material de enseñanza, deportes, excursiones, imprevistos y demás gastos 150.00 17.700.00 Sumas $ 1.740.00 17.700.00

c)

Capítulo 93, artículo 1381. Dotación: en 10 meses. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación, laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, imprevistos y demás gastos 381.00 3.810.00 De los Cursos Campesinos. Maquinaria y herramientas, abonos, semillas, animales de transporte, fungicidas, insecticidas, drogas, jornales, propaganda, materiales de enlucimiento, imprevistos y demás gastos 500.00 5.000.00 Sumas $ 881.00 8.810.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.

Artículo 26Para Sueldos Y Alimentación Del Personal; Becas, Restaurante Y Varios, Y Dotación De La Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola De Candelilla, La Espriella (Nariño), Distribúyense Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto Nacional Vigente, Asi: A) Capitulo 93, Artículo 1383

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Candelilla, La Espriella (Nariño), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, asi

a)

Capitulo 93, artículo 1383. Sueldos y alimentación del personal. Sueldos en enero: Director $ 320.00 320.00 Profesor de los Cursos Campesinos 300.00 300.00 Profesor Habilitado 280.00 280.00 Mayordomo Herramientero 130.00 130.00 Servicio doméstico 70.00 70.00 Alimentación en enero: De tres empleados internos (Director, Mayordomo y servicio doméstico) 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 350.00 3.850.00 Profesor de Cursos Campesinos 335.00 3.685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor de Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Del Profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Del Mayordomo y servicio doméstico 120.00 1.200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor interno. Mayordomo y servicio doméstico 135. 135.00 Sumas $ 3.270.00 21.920.00

b)

Capitulo 93, artículo 1383. Becas, restaurante y varios: Becas en 10 meses, febrero a noviembre: De treinta becados internos a $ 50.00 cada uno 1.500.00 15.000.00 Mensual Total Gastos varios en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, material de enseñanza, excursiones, deportes, imprevistos y demás gastos $ 180.00 2.160.00 Sumas $ 1.680.00 17.160.00

c)

Capítulo 93, artículo 1384. Dotación: en 10 meses. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de fomento, cria y explotación, laboratorios, porquerizas, y otras dependencia para animales, imprevistos y demás gastos 427.00 4.270.00 De los Cursos Campesinos. Maquinaria y herramientas, abonos, semillas, animales de transporte, fungicidas, insecticidas, drogas, jornales, propaganda, materiales de enlucimiento, imprevistos y demás gastos 500.00 5.000.00 Sumas $ 927.00 9.270.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.

Artículo 27Para Sueldos Y Alimentación Del Personal; Becas, Restaurante Y Varios, Y Dotación De La Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola De Convención (Norte De Santander), Distribúyense Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto Nacional Vigente, Así: A) Capítulo 93, Artículo 1385

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Convención (Norte de Santander), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1385. Sueldos y alimentación del personal. Sueldos en enero: Director $ 300.00 300.00 Profesor Cursos Campesinos 290.00 290.00 Profesor Habilitado 260.00 260.00 Mayordomo Herramientero 120.00 120.00 Servicio doméstico 70.00 70.00 Alimentación en enero: De tres empleados internos, (Director, Mayordomo y servicio) 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 350.00 3.850.00 Profesor de Cursos Campesinos 335.00 3.685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Del. Profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Del Mayordomo y servicio doméstico 120.00 1.200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio doméstico 135.00 135.00 Sumas 3.210.00 21.860.00

b)

Capítulo 93, artículo 1386. Becas, restaurante y varios. Becas y restaurante en 10 meses, febrero a noviembre: De treinta y cinco becados internos a $ 50.00 cada uno 1.750.00 17.500.00 Para sostenimiento del per sonal externo de restaurante 90.00 900.00 Gastos varios en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, material de enseñanza, deportes, excursiones, imprevistos y demás gastos 200.00 2.400.00 Sumas $ 2.040.00 20.800.00

c)

Capítulo 93, artículo 1387. Dotación: en 10 meses. Mensual Total Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación, laboratorios, porquerizas, y otras dependen cias para animales, imprevistos y demás gastos $ 515.00 5.150.00 De los Cursos Campesinos. Maquinaria y herramientas, abonos, semillas, animales de transporte, fungicidas, insectidas, drogas, jornales, propaganda, materiales de enlucimiento, imprevistos y demás gastos 656.00 6.560.00 Sumas $ 1.171.00 11.710.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.

Artículo 28Para Sueldos Y Alimentación Del Personal; Becas, Restaurante Y Varios, Y Dotación De La Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola De San Calixto (Norte De Santánder), Distribúyense Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto Nacional Vigente; Así: A) Capítulo 93, Artículo 1388

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de San Calixto (Norte de Santánder), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente; así

a)

Capítulo 93, artículo 1388. Sueldos y alimentación del personal. Sueldos en enero: Director $ 300.00 300.00 Profesor Cursos Campesinos 280.00 290.00 Profesor Habilitado 260.00 260.00 Mayordomo Herramientero 120.00 120.00 Servicio doméstico 70.00 70.00 Alimentación en enero: De tres empleados internos, (Director, Mayordomo y servicio) 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 350.00 3.850.00 Profesor de Cursos Campesinos 335.00 3.685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Del Profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Del Mayordomo y servicio doméstico 120.00 1.200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio doméstico 135.00 135.00 Sumas $ 3.210.00 21.860.00

b)

Capítulo 93, artículo 1389. Becas, restaurante y varios. Becas y restaurante en 10 meses, febrero a noviembre: De treinta becados internos, a. $ 50.00 cada uno 1.500.00 15.000.00 Para sostenimieno del personal externo de restaurante 90.00 900.00 Gastos varios en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, material de enseñanza, deportes, excursiones, imprevistos y demás gastos 180.00 2.160.00 Sumas $ 1.770.00 18.060.00

c)

Capítulo 93, artículo 1390. Dotación : en 10 meses. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación, laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, y demás .gastos 145.00 1.450.00 Mensual Total De los Cursos Campesinos. Maquinaria y herramientas, abonos, semillas, animales de transporte, fungicidas, insecticidas, drogas, jornales, propaganda, materiales de enlucimiento, imprevistos y demás gastos $ 300.00 3.000.00 Sumas $ 445.00 4.450.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor1 Habilitado de la Escuela.

Artículo 29Para Sueldos Y Alimentación Del Personal; Becas, Restaurante Y Varios Y Dotación De La Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola De Salazar (Norte De Santander), Distribúyense Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto Nacional Vigente, Así: A) Capítulo 93, Artículo 1391

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Salazar (Norte de Santander), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1391. Sueldos y alimentación del personal. Sueldos en enero: Director $ 300.00 300.00 Profesor Cursos Campesinos 290.00 290.00 Profesor Habilitado 260.00 260.00 Mayordomo Herramientero 120.00 120.00 Servicio doméstico 70.00 70.00 Alimentación en enero: De tres empleados internos (Director, Mayordomo y servicio) 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 350.00 3.850.00 Profesor de Cursos Campesinos 335.00 3.685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Del Profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Del Mayordomo y servicio doméstico 120.00 200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio doméstico 135.00 135.00 Sumas $ 3.210.00 21.860.00

b)

Capítulo 93, artículo 1392. Becas, restaurante y varios. Becas y restaurante en 10 meses, febrero a noviembre: De treinta y cinco becados internos a $ 50, 00 cada uno 1.750.00 17.500.00 Para sostenimiento del personal externo de restaurante 90.00 900.00 Gastos varios en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantés, jornales, drogas y útiles de escritorio, material de enseñanza, excursiones, deportes, imprevistos y demás gastos 150.00 1.800.00 Sumas $ 1.990.00 20.200.00

c)

Capítulo 93 , artículo 1393. Dotación: en 10 meses. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de transporte, cría y explotación, laboratorios, porquerizas y otras, dependencias para animales, imprevistos, y demás gastos 231.00 2.310.00

Artículo 30Para Sueldos Y Alimentación Del Personal; Y Dotación Del Curso Piloto Anexo A La Complementaria Vocacional Agrícola De Salazar (Norte De Santander), Distribúyense Las Partidas Apropiadas Enel Presupuesto Nacional Vigente, Así: A) Capítulo 93, Artículo 1394

Para sueldos y alimentación del personal; y dotación del Curso Piloto Anexo a la Complementaria Vocacional Agrícola de Salazar (Norte de Santander), distribúyense las partidas apropiadas enel Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1394. Mensual Total Sueldos y alimentación del personal. Sueldos en enero: De dos Expertos Agrícolas a $ 300.00 cada uno $ 600.00 600.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: De dos Expertos Agrícolas a $.335.00 cada uno 670.00 7.370.00 Alimentación: en 10 meses, febrero a noviembre: De dos Expertos Agrícolas a $ 77.00 cada uno 154.00 1.540.00 Sumas $ 1.424.00 9.510.00

b)

Capítulo 93, artículo 1395. Dotación : en 10 meses. Para jornales, abónos, semillas, fungicidas, insecticidas, drogas, propaganda, materiales de enlucimiento, animales de transporte, implementos agrícolas y zootécnicos, imprevistos y demás gastos 1.848.00 18.480.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Salazar (Norte de Santander).

Artículo 31Para Sueldos Y Alimentación Del Personal; Becas, Restaurante Y Varios, Y Dotación De La Escuela Complementaria, (Vocacional) Agrícola De Chinácota (Norte De Santander), Distribúyense Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto Nacional Vigente, Así: A) Capítulo 93, Artículo 1396

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria, (Vocacional) Agrícola de Chinácota (Norte de Santander), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1396. Sueldos y alimentación del personal. Sueldos en enero: Director $ 320.00 320.00 Profesor Habilitado 280.00 280.00 Tres Profesores Expertos Agrícolas para Cursos Campesinos, a $ 300.00 cada uno 900.00 900.00 Mayordomo Herramientero 120.00 120.00 Servicio doméstico 70.00 70.00 Alimentación en enero: De tres empleados internos, (Director, Mayordomo y servicio doméstico) 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 350.00 3.850.00 Profesor de Cursos Campesinos 335.00 3.685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Alimentación en 10 meses; febrero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Del Profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Del Mayordomo y servicio doméstico 120.00 1.200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio doméstico 135.00 135.00 Sumas $ 3.860.00 22.510.00

b)

Capítulo 93, artículo 1397. Becas, restaurante y varios. Becas y restaurante en 10 meses, febrero a noviembre: De cuarenta becados internos a $ 50.00 cada uno 2.000.00 20.000.00 Para sostenimiento del personal externo de restaurante 180.00 1.800.00 Gastos varios en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, utiles de escritorio, material de enseñanza, excursiones; deporte y demás gastos 150.00 1.800.00 Sumas $ 2.330.00 23.600.00

c)

Capítulo 93, artículo 1398. Mensual Total Dotación: en 10 meses. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación, laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, imprevistos y demás gastos $ 641.00 6.410.00 De los Cursos Campesinos. Maquinaria y herramientas, abonos, semillas, fungicidas, animales de transporte, insecticidas, drogas, jornales, propaganda, materiales de enlucimiento, y demás gastos 750.00 7.500.00 Sumas $ 1.391.00 13.910.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.

Artículo 32Para Sueldos Y Alimentación Del Personal; Becas, Restaurante Y Varios, Y Dotación De La Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola De Gramalote (Norte De Santander), Distribúyense Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto Nacional Vigente, Así: A) Capítulo 93, Artículo 1399

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Gramalote (Norte de Santander), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1399. Sueldos y alimentación del personal. Sueldos en enero: Director $ 300.00 300.00 Profesor Cursos Campesinos 290.00 290.00 Profesor Habilitado Mayordomo Herramientero 100.00 100.00 Servicio doméstico 80.00 80.00 Alimentación en enero: De tres empleados internos, (Director, Mayordomo y servicio) 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 350.00 3.850.00 Profesor de Cursos Campesinos 335.00 3.685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Del Profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Del Mayordomo y servicio doméstico 120.00 1.200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio doméstico 135.00 135.00 Sumas $ 2.940.00 21.590.00

b)

Capítulo 93, artículo 1400. Becas, restaurante y varios: Becas y restaurante en 10 meses, febrero a noviembre: De treinta y cinco becados internos a $ 50.00 cada uno 1.750.00 17.500.00 Para sostenimiento del personal externo de restaurante 270.00 2.700.00 Gastos varios en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, material de ensesñanza, excursiones, deportes y demás gastos 150.00 1.800.00 Sumas $ 2.170.00 22.000.00

c)

Capítulo 93, artículo 1401. Dotación : en 10 meses. Para reparaciones locativas, maquinaria y herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, drogas, animales de fomento, cría y explotación, laboratorios, porquerizas, y otras dependencias para animales, imprevistos y demás gastos 251.00 2.510.00 Mensual Total De los Cursos Campesinos. Maquinaria y herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, drogas, animales de transporte, jornales, propaganda, materiales de enlucimiento, imprevistos y demás gastos $ 300.00 3.000.00 Sumas $ 551.00 5.510.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.

Artículo 33Para Sueldos Y Alimentación Del Personal; Becas, Restaurante Y Varios, Y Dotación De La Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola De Pamplona (Norte De Santander), Distribúyense Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto Nacional Vigente, Así: Sueldos Y Alimentación Del Personal

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Pamplona (Norte de Santander), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así: Sueldos y alimentación del personal. Sueldos en enero: Director $ 300.00 300.00 Profesor Cursos Campesinos 290.00 290.00 Profesor Habilitado 260.00 260.00 Mayordomo Herramientero 120.00 120.00 Servicio doméstico 70.00 70.00 Alimentación en enero: De tres empleados internos (Director, Mayordomo y servicio) 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 350.00 3.850.00 Profesor de Cursos Campesinos 335.00 3.685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Del Profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Del Mayordomo y servicio do Alimentación en diciembre: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio 135.00 135.00 Sumas $ 3.210.00 21.860.00 b) Capítulo 93, artículo 1402. Becas, restaurante y varios. Becas y restaurante en 10 meses, febrero a noviembre: De treinta becados internos a $ 50.00 cada uno 1.500.00 15.000.00 Para sostenimiento del personal externo de restaurante 180.00 1.800.00 Gastos varios en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, material de enseñanza, excursiones, deportes, y demás gastos 1.50.00 1.800.00 Sumas $ 1.830.00 18.600.00 c) Capítulo 93, artículo 1403. Dotación : en 10 meses. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación, laboratorios, porquerizas, y otras dependencias para animales, imprevistos y demás gastos 891.00 8.910.00 De los Cursos Campesinos. Maquinaria y herramientas, abonos, semillas, animales de transporte, fungicidas, insecticidas, drogas, jornales, propaganda, materiales de enlucimiento, imprevistos y demás gastos 500.00 5.000.00 Sumas $ 1.391.00 13.910.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.

Artículo 34Para Sueldos Y Alimentación Del Personal; Becas, Restaurante Y Varios, Y Dotación De La Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola De Alto Jordán-Vélez (Santander), Distribúyense Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto Nacional Vigente, Así: A) Capítulo 93, Artículo 1405

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Alto Jordán-Vélez (Santander), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1405. Mensual Total Sueldos y alimentación del personal. Sueldos en enero: Director $ 320.00 320.00 Profesor Cursos Campesinos 300.00 300.00 Profesor Habilitado 270.00 270.00 Mayordomo Herramientero 130.00 130.00 Servicio doméstico 70.00 70.00 Alimentación en enero: De tres empleados internos (Director, Mayordomo y servicio) 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 350.00 3.850.00 Profesor Cursos Campesinos 335.00 3.685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Del Profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Del Mayordomo y servicio doméstico 120.00 1.200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio 135.00 135.00 Sumas $ 3.260.00 21.910.00

b)

Capítulo 93, artículo 1406. Becas, restaurante y varios. Becas y restaurante en 10 meses, febrero a noviembre: De treinta y cinco internos a $ 50.00 cada uno 1.750.00 17.500.00 Para sostenimiento del personal externo de restaurante 90.00 900.00 Gastos varios en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, material de enseñanza, excursiones, deportes, y demás gastos 200.00 2.400.00 Sumas $ 2.040.00 20.800.00

c)

Capítulo 93, artculo 1407. Dotación : en 10 meses. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de transporte, cría y explotación, laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, imprevistos y demás gastos 863.00 8.630.00 De los Cursos Campesinos. Maquinaria y herramientas, abonos, semillas, animales de transporte, fungicidas, insecticidas, drogas, jornales, propaganda, materiales de enlucimiento, imprevistos y demás gastos 500.00 5.000.00 Sumas $ 1.363.00 13.630.00

Artículo 35Para Sueldos Y Alimentación Del Personal; Becas, Restaurante Y Varios, Y Dotación De La Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola De Guaca (Santander), Distribúyense Las Partidas Apropiadas E N El Presupuesto Nacional Vigente, Así: A) Capítulo 93, Artículo 1408

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Guaca (Santander), distribúyense las partidas apropiadas e n el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1408. Mensual Total Sueldos y alimentación del personal. Sueldos en enero: Director $ 300.00 300.00 Profesor Cursos Campesinos 290.00 290.00 Profesor Habilitado 260.00 260.00 Mayordomo Herramientero 120.00 120.00 Servicio doméstico 70.00 70.00 Alimentación en enero: De tres empleados internos, (Director, Mayordomo y servicio) 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 350.00 3.850.00 Profesor de Cursos Campesinos 335.00 3.685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Del Profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Del Mayordomo Herramientero y servicio 120.00 1.200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor, Mayordomo y servicio 135.00 135.00 Sumas $ 3.210.00 21.590.00

b)

Capítulo 93, artículo 1409. Becas, restaurante y varios. Becas y restaurante en. 10 meses, febrero a noviembre: De treinta y cinco becados internos a $ 50.00 cada uno 1.750.00 17.500.00 Para sostenimiento del personal externo de restaurante 180.00 1.800.00 Gastos varios en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas útiles de escritorio, material de enseñanza, deportes, excursiones y demás gastos 150.00 1.800.00 Sumas $ 2.080.00 21.100.00

c)

Capítulo 93, artículo 1410. Dotación: en 10 meses. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación, laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, imprevistos, y demás gastos 341.00 3.410.00 De los Cursos Campesinos: Maquinaria y herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de fomento, drogas, jornales, propaganda, materiales de enlucimiento, imprevistos y demás gastos 500.00 5.000.00 Cumas 841.00 8.410.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.

Artículo 36Para Sueldos Y Alimentación Del Personal; Becas, Restaurante Y Varios, Y Dotación De La Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola De Mogotes (Santander), Distribúyense Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto Nacional Vigente, Así: A) Capítulo 93, Artículo 1411

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Mogotes (Santander), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1411. Sueldos y alimentación del personal. Sueldos en enero: Director $ 300.00 300.00 Profesor Cursos Campesinos 290.00 290.00 Profesor Habilitado 260.00 260.00 Mayordomo Herramientero 120.00 120.00 Servicio doméstico 70.00 70.00 Mensual Total Alimentación en enero: De tres empleados internos (Director, Mayordomo y servicio) $ 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 350.00 3.850.00 Profesor de Cursos Campesinos 335.00 3.685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres empleados internos a $50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Del Mayordomo Herramientero y servicio doméstico 120.00 1.200.00 Del Profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio doméstico 135.00 135.00 Sumas $ 3.210.00 21.860.00

b)

Capítulo 93, artículo 1412. Becas, restaurante y varios. Becas y restaurante en 10 meses, febrero a noviembre: De treinta y cinco becados internos a $ 50.00 cada uno 1.750.00 17.500.00 Para sostenimiento del personal externo de restaurante 90.00 900.00 Gastos varios en 12 meses, enero, a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, material de enseñanza, excursiones, deportes y demás gastos 200.00 2.400.00 Sumas $ 2.040.00 20.800.00

c)

Capítulo 93, artículo 1413. Dotación: en 10 meses: Para réparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación, laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, inprevistos y demás gastos 671.00 6.710.00

Artículo 37Para Suldos Y Alimentación Del Personal; Y Dotación Del Curso Piloto Anexo A La Complementaria (Vocacional) Agrícola De Mogotes (Santander), Distribúyense Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto Nacional Vigente, Así: A) Capítulo 93, Artículo 1414

Para suldos y alimentación del personal; y dotación del Curso Piloto Anexo a la Complementaria (Vocacional) Agrícola de Mogotes (Santander), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1414. Sueldos, y alimentación del personal. Sueldos en enero: De dos Expertos Agrícolas a $ 290.00 cada uno 580.00 580.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: De dos Expertos Agrícolas a $ 335.00 cada uno 670.00 7.370.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De dos Expertos Agrícolas a $ 78.00 cada uno 156.00 1.560.00 Sumas $ 1.406.00 9.510.00

b)

Capítulo 93, artículo 1415. Dotación: en 10 meses. Para jornales, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, drogas, propaganda, materiales de enlucimiento, animales de transporte, implementos agrícolas y zootécnicos, imprevistos y demás gastos 2.048.00 20.480.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Vocacionesl Agrícola de Mogotes (Santander).

Artículo 38Para Sueldos Y Alimentación Del Personal; Becas, Restaurante Y Varios, Y Dotación De La Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola De San Andrés (Santander), Distribúyense Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto Nacional Vigente, Así: A) Capítulo 93, Artículo 1416

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de San Andrés (Santander), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1416. Mensual Total Sueldos y alimentación del personal. Sueldos en enero: Director $ 300.00 300.00 Profesor Cursos Campesinos 290.00 290.00 Profesor Habilitado 260.00 260.00 Mayordomo Herramientero 120.00 120.00 Servicio doméstico 70.00 70.00 Alimentación en enero: De tres eiripleados internos, (Director, Mayordomo y servicio doméstico) 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 350.00 3.850.00 Profesor de Cursos Campesinos 335.00 3.685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Del Profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Der Mayordomo y servicio doméstico 120.00 1.200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio doméstico 135.00 135.00 Sumas $ 3.210.00 21.860.00

b)

Capítulo 93, artículo 1417. Becas, restaurante y varios. Becas y restaurante en 10 meses, febrero a noviembre: De treinta y cinco becados internos a $ 50.00 cada uno 1.750.00 17.500.00 Para sostenimiento del personal externo de restaurante 90.00 900.00 Gastos Varios en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, material de enseñanza, excursiones, deportes y demás gastos 216.00 2.160.00 Sumas $ 2.056.00 20.560.00

c)

Capítulo 93, artículo 1418. Dotación: en 10 meses. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación, laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, imprevistos, y demás gastos 415.00 4.150.00 De los Cursos Campesinos. Maquinaria y herramientas, abonos, semillas, anímales de transporte, fungicidas, insecticidas, drogas, jornales, propaganda, materiales de enlucimiento, imprevistos y demás gastos 480.00 4.800.00 Sumas $ 895.00 8.950.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.

Artículo 39Para Sueldos Y Alimentación Del Personal; Becas, Restaurante Y Varios, Y Dotación De La Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola De Carcasí (Santander), Distribúyense Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto Nacional Vigente, Así: A) Capítulo 93, Artículo 1419

Para Sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Carcasí (Santander), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1419. Mensual Total Sueldos y alimentación del personal. Sueldos en enero: Director $ 300.00 300.00 Profesor Cursos Campesinos 290.00 290.00 Profesor Habilitado 260.00 260.00 Mayordomo Herramientero 120.00 120.00 Servicio doméstico 70.00 70.00 Alimentación en enero: De tres empleados internos (Director, Mayordomo y servicio doméstico) 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 350.00 3.850.00 Profesor Cursos Campesinos 335.00 3.685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor de Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1 430.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Del Profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Del Mayordomo y servicio doméstico 120.00 1.200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio doméstico 135.00 135.00 Sumas $ 3.210.00 21.860.00

b)

Capítulo 93, artículo 1420. Becas, restaurante y varios. Becas en 10 meses, febrero a noviembre: De cuarenta becados internos a $ 50.00 cada uno 2.000.00 20.000.00 Gastos varios en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, material de enseñanza, excursiones, deportes, imprevistos y demás gastos 180.00 2.160.00 Sumas $ 2.180.00 22.160.00

c)

Capítulo 93, artículo 1421. Dotación: en 10 meses. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación, laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, imprevistos y demás gastos 235.00 2.350.00 De los Cursos Campesinos. Maquinaria y herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de transporte, drogas, jornales, propaganda, materiales de enlucimiento, imprevistos y demás gastos 300.00 3.000.00 Sumas $ 535.00 5.350.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.

Artículo 40Para Sueldos Y Alimentación Del Personal; Y Dotación De La Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola De Falan, (Tolima), Distribúyense Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto Nacional Vigente, Así: A) Capítulo 93, Artículo 1422

Para sueldos y alimentación del personal; y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Falan, (Tolima), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1422. Sueldos y alimentación del personal. Sueldos en enero: Director 300.00 300.00 Profesor Cursos Campesinos 290.00 290.00 Profesor Habilitado 260.00 260.00 Mayordomo Herramientero 120.00 120.00 Servicio doméstico 70.00 70.00 Alimentación en enero: De tres empleados internos (Director, Mayordomo y servicio) 135.00 135.00 Mensual Total Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre Director $ 350.00 3.850.00 Profesor Cursos Campesinos 335.00 3.685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor de Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres empleados internos a 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Del Profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Del Mayordomo y servicio doméstico 120.00 1.200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio doméstico 135.00 135.00 Sumas $ 3.210.00 21.860.00

b)

Capítulo 93, artículo 1423. Becas, restaurante y varios: Becas en 10 meses, febrero a noviembre: De cincuenta becados internos a $ 50.00 cada uno 2.500.00 25.000.00 Gastos varios en 12 meses, febrero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, material de enseñanza, excursiones, deportes, imprevistos y demás gastos 200.00 2.400.00 Sumas $ 2.700.00 27.400.00

c)

Capitulo 93, artículo 1424. Dotación: en 10 meses. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de fomentó, cría y explotación, laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, imprevistos y demás gastos 211.00 2.110.00 De los Cursos Campesinos. Maquinaria y herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de transporte, drogas, jornales, propaganda, materiales, de enlucimiento y demás gastos 300.00 3.000.00 Sumas $ 511.00 5.110.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.

Artículo 41Para Sueldos Y Alimentación Del Personal; Becas, Restaurante Y Varios, Y Dotación De La Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola De Ambalema (Tolima), Distribúyense Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto Nacional Vigente, Así: A) Capítulo 93, Artículo 1425

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Ambalema (Tolima), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1425. Sueldos y alimentación del personal. Sueldos en enero: Director $ 320.00 320.00 Profesor Cursos Campesinos 300.00 300.00 Profesor Habilitado 280.00 280.00 Mayordomo Herramientero 130.00 130.00 Servicio doméstico 70.00 70.00 Alimentación en enero: De tres empleados internos (Director, Mayordomo y servicio) 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 350.00 3.850.00 Profesor Cursos Campesinos 335.00 3.685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor de Cultura General 283.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Mensual Total Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno $ 150.00 1.500.00 Del Profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Del Mayordomo y servicio doméstico 120.00 1.200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio doméstico 135.00 135.00 Sumas $ 3.270.00 21.920.00

b)

Capítulo 93, artículo 1426. Becas, restaurante y varios. Becas y restaurante en 10 meses, febrero a noviembre: De cuarenta becados internos a $ 50.00 cada uno 2.000.00 20.00.00 Para sostenimiento del personal externo de restaurante 90.00 900.00 Gastos varios, en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles, de escritorio, material de enseñanza, excursiones, deportes y demás gastos 180.00 2.160.00 Sumas $ 2.270.00 23.060.00

c)

Capítulo 93, artículo 1427. Dotación: en 10 meses. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, animales de transporte, insecticidas, drogas, jornales, propaganda, materiales de enlucimiento, y demás gastos 1.400.00 14.000.00 De los Cursos Campesinos Maquinaria y herramientas, abonos, semillas, animales de transporte, drogas, jornales, propaganda, materiales de enlucimiento, imprevistos y demás gastos 437.00 4.370.00 Sumas $ 1.837.00 18.370.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.

Artículo 42Para Sueldos Y Alimentación Del Personal; Becas, Restaurante Y Varios, Y Dotación De La Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola De Andalucía (Valle), Distribúyense Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto Nacional Vigente, Así: A) Capítulo 93, Artículo 1428

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Andalucía (Valle), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1428. Sueldos y alimentación del personal. Sueldos en enero: Director 320.00 320.00 Profesor de Cursos Campesinos 300.00 300.00 Profesor Habilitado 280.00 280.00 Mayordomo Herramientero 130.00 130.00 Servicio doméstico 70.00 70.00 Alimentación en enero: Director Mayordomo y servicio doméstico 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 350.00 3.850.00 Profesor Cursos Campesinos 335.00 3.685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor de Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Del Profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Del Mayordomo y servicio doméstico 120.00 1.200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio doméstico 135.00 135.00 Sumas $ 3.270.00 21.920.00

b)

Capítulo 93, artículo 1429. Mensual Total Becas, restaurante y varios. Becas y restaurante en 10 meses, febrero a noviembre: De treinta y cinco becados internos a $ 50.00 cada uno $ 1.750.00 17.500.00 Para sostenimiento del personal externo de restaurante 180.00 1.800.00 Gastos varios en 10 meses, febrero a noviembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, material de enseñanzas, deportes, excursiones y demás gastos 316.00 3.160.00 Sumas $ 2.246.00 22.460.00

c)

Capítulo 93, artículo 1430. Dotación : en 10 meses. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación, laboratorios, porquerizas y otras dependencias para animales, imprevistos y demás gastos 1.505.00 15.050.00 De los Cursos Campesinos. Maquinaria y herramientas, abonos, semillas, animales de transporte, fungicidas, insecticidas, drogas, jornales, propaganda, materiales de enlucimiento, imprevistos y demás gastos 500.00 5.000.00 Sumas $ 2.005.00 20.050.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.

Artículo 43Para Sueldos Y Alimentación Del Personal; Becas, Restaurante Y Varios, Y Dotación De La Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola De Santa Teresita (Vaupés), Distribúyense Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto Nacional Vigente, Así: A) Capítulo 93, Artículo 1431

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Santa Teresita (Vaupés), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1431. Sueldos y alimentación del personal. Sueldos en enero: Director 300.00 300.00 Profesor Cursos Campesinos 290.00 290.00 Profesor Habilitado 260.00 260.00 Mayordomo Herramientero 120.00 120.00 Servicio doméstico 70.00 70.00 Alimentación en enero: De tres empleados internos (Director, Mayordomo, y servicio doméstico 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 350.00 3.850.00 Profesor Cursos Campesinos 335.00 3.685.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor de Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Del Profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Del Mayordomo y servicio doméstico 120.00 1.200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio doméstico 135.00 135.00 Sumas $ 3.210. 21.860.00

b)

Capítulo 93, artículo 1432. Becas, restaurante y varios. Becas en 10 meses, febrero a noviembre: De cincuenta becados internos a $ 50.00 cada uno 2.500.00 25.000.00 Gastos varios en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, material de enseñanza, deportes, excursiones, y demás gastos 200.00 2.400.00 Sumas $ 2.700.00 27.400.00 d) Capítulo 93, artículo 1433. Mensual Total Dotación : en 10 meses. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación, laboratorios, porquerizas, y otras dependencias para animales, imprevistos y demás gastos $ 230.00 2.030.00 De los Cursos Campesinos. Maquinaria y herramientas, abonos, semillas, animales de transporte, fungicidas, insecticidas, drogas, jornales, propaganda, materiales de enlucimiento, imprevistos y demás gastos 200.00 2.000.00 Sumas $ 403.00 4.030.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.

Artículo 44Para Sueldos Y Alimentación Del Personal; Becas, Restaurante Y Varios, Y Dotación De La Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola De Villa Fátima (Vaupés), Distribúyense Las Partidas Correspondientes En El Presupuesto Nacional Vigente, Así: A) Capítulo 93, Artículo 1434

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Villa Fátima (Vaupés), distribúyense las partidas correspondientes en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1434. Sueldos y alimentación del personal. Sueldos en enero: Director $ 300.00 300.00 Profesor Cursos Campesinos 290.00 290.00 Profesor Habilitado 260.00 260.00 Mayordomo Herramientero 120.00 120.00 Servicio doméstico 70.00 70.00 Alimentación en enero: De tres empleados internos (Director, Mayordomo y servicio) 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Director 350.00 3.850.00 Profesor Cursos Campesinos 335.00 3.085.00 Profesor Habilitado 315.00 3.465.00 Profesor de Cultura General 290.00 3.190.00 Mayordomo Herramientero 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 130.00 1.430.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres empleados internos a $ 50.00 cada uno 150.00 1.500.00 Del Profesor de Cursos Campesinos 80.00 800.00 Del Mayordomo y servicio doméstico 120.00 1 200.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor interno, Mayordomo y servicio 135.00 135.00 Sumas $ 3.210.00 21.860.00

b)

Capítulo 93, artículo 1435. Becas, restaurante y varios. Becas en 10 meses, febrero a noviembre: De cincuenta becados internos, a $ 50.00 cada uno 2.500.00 25.000.00 Gastos varios en 12 meses, enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, jornales, drogas, útiles de escritorio, material de enseñanza, excursiones, deportes y demás gastos 200.00 2.400.00 Sumas $ 2.700.00 27.400.00

c)

Capítulo 93, artículo 1436. Dotación: en 10 meses. Para reparaciones locativas, maquinaria, herramientas, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, animales de fomento, cría y explotación, laboratorios, porquerizas, y otras dependencias para animales, imprevistos y demás gastos 203.00 2.030.00 De los Cursos Campesinos. Mensual Total Maquinaria y herramientas, abonos, semillas, animales de transporte, fungicidas, insecticidas, drogas, jornales, propaganda, materiales de, enlucimiento, imprevistos y demás gastos $ 200.00 2.000.00 Sumas $ 403.00 4.030.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.

Artículo 45Para Sueldos Y Alimentación Del Personal, Becas, Restaurante Y Varios, Y Dotación Del Internado Para Hijos De Colonos Del Río Orteguaza, La Rastra, Fátima (Caquetá), Distribúyense Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto Nacional Vigente, Así: A) Capítulo 93, Artículo 1557

Para sueldos y alimentación del personal, becas, restaurante y varios, y dotación del Internado para Hijos de Colonos del río Orteguaza, La Rastra, Fátima (Caquetá), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1557. Sueldos y alimentación del personal. Sueldos en enero: Sección Masculina. Director General 350.00 350.00 Profesor Cultura General 280.00 280.00 Mayordomo Herramientero-Motorista 130.00 130.00 Sección Femenina: Escuela Hogar. Directora 280.00 280.00 Profesora Cultura General 210.00 210.00 Profesora Trabajos Manuales 200.00 200.00 Enfermera Profesora Música y Canto 200.00 200.00 Servicio doméstico, según distribución que haga el Director 100.00 100.00 Alimentación en enero: De tres empleados internos, (Un Profesor, Mayordomo y servicio doméstico) 135.00 135.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: Sección Masculina: Director General 350.00 3.850.00 Experto Agrícola Profesor 250.00 2.750.00 Mayordomo Motorista 130.00 1.430.00 Servicio doméstico 100.00 1.100.00 Sección Femenina: (Escuela Hogar) Directora 310.00 3.410.00 Profesora Modistería y Sastrería 190.00 2.090.00 Profesora Obras Manuales 190.00 2.090.00 Enfermera Profesora 170.00 1.870.00 Profesora Música y Canto 90.00 990.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De seis empleados internos a $ 40.00 cada uno 240.00 2.400.00 Del Mayordomo y servicio doméstico 90.00 900.00 Alimentación en diciembre: De un Profesor, Mayordomo y servicio 135.00 135.00 Sumas $ 4.130.00 24.900.00

b)

Capítulo 93, artículo 1558. Becas, restaurante y varios: Becas en 10 meses, febrero a noviembre: De treinta y cinco becados internos a $ 39.00 cada uno 1.365.00 13.650.00 De treinta y cinco becadas internas a $ 39.00 cada una 1.365.00 13.650.00 Gastos varios en 12 meses enero a diciembre: Para combustibles, lubricantes, drogas, útiles de escritorio, material de enseñanza, excursiones, deportes y demás gastos 90.00 900.00 Sumas $ 2.820 28.200.00

c)

Capítulo 93, artículo 1559. Mensual Total Dotación : en 10 meses. Para dotación, reparaciones locativas, compra de herramientas, animales de servicio, cria y explotación, jornales, abonos, insecticidas, fungicidas, materiales de enlucimiento, imprevistos y demás gastos 187.00 1.870.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas a la Secretaria Habilitada de la Escuela Normal Rural de Señoritas de Florencia (Caquetá).

Artículo 46Para Sueldos Y Alimentación Del Personal; Becas, Restaurante Y Varios Y Dotación Del Curso Piloto Para Campesinos Adultos Del Valle De Tenza (Boyacá), Distribúyense Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto Nacional Vigente, Así: A) Capítulo 93, Artículo 1569

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios y dotación del Curso Piloto para Campesinos Adultos del Valle de Tenza (Boyacá), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1569. Sueldos y alimentación del personal. Sueldos en enero: De tres Expertos Agrícolas a $ 360.00 cada uno 1.080.00 1.080.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: De tres Expertos Agrícolas a $ 400.00 cada uno 1.200.00 13.200.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre: De tres Expertos Agrícolas a $ 80.00 cada uno 240.00 2.430.00 Sumas $ 2.520.00 16.680.00

b)

Capítulo 93, artículo 1570. Dotación : en 10 meses. Para jornales, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, drogas, propaganda, materiales de enlucimiento, animales de transporte, implementos agrícolas y zootécnicos, imprevistos y demás gastos 1.800.00 18.000.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas a la Profesora Habilitada de la Escuela Hogar de Somondoco (Boyacá).

Artículo 47Para Sueldos Y Alimentación Del Personal; Becas, Restaurante Y Varios, Y Dotación Del Curso Piloto Para Campesinos Adultos De Tundama (Boyacá), Distribúyense Las Partidas Apropiadas En El Presupuesto Nacional Vigente, Así: A) Capítulo 93, Artículo 1567

Para sueldos y alimentación del personal; becas, restaurante y varios, y dotación del Curso Piloto para Campesinos Adultos de Tundama (Boyacá), distribúyense las partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 93, artículo 1567. Sueldos y alimentación del personal. Sueldos en enero: De tres Expertos Agrícolas a $ 360,00 cada uno 1.080.00 1.080.00 Sueldos en 11 meses, febrero a diciembre: De tres Expertos Agrícolas a $ 40.00 cada uno 1.200.00 13.200.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre; De tres.Expertos Agrícolas a $ 80.00 cada uno 240.00 2.400.00 Sumas $ 2.520.00 16.680.00

b)

Capítulo 93, artículo 1568. Dotación : en 10 meses: Para jornales, abonos, semillas, fungicidas, insecticidas, drogas, propaganda, materiales de enlucimiento, animales de transporte, implementos agrícolas y zootécnicos y demás gastos 1.800.00 18.000.00

Parágrafo

Las partidas distribuidas en los artículos anteriores serán giradas a la Profesora Habilitada de la Escuela, Hogar para Campesinas de Paipa (Boyacá). Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República