Artículo 1La Competencia Para Conocer De Todas Las Controversias Que Surjan Con Ocasión Del Ejercicio De Las Acciones Consagradas En La Ley 86 De 1946, Para La Defensa De La Propiedad Literaria Y Artística Se Rige Por Los Artículos 96 Y Siguientes De La Misma Ley Y Demás Disposiciones Concordantes
º. La competencia para conocer de todas las controversias que surjan con ocasión del ejercicio de las acciones consagradas en la Ley 86 de 1946, para la defensa de la propiedad literaria y artística se rige por los artículos 96 y siguientes de la misma ley y demás disposiciones concordantes.
Artículo 2Derogase El Decreto 2554 De 1952
º. Derogase el Decreto 2554 de 1952.
Artículo 3
º . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial .