en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular de las conferidas por el Decreto Ley 254 de 2000, y CONSIDERANDO QUE: Mediante los Decretos 1603, 1604, 1605, 1606, 1607, 1608, 1609, 1610, 1611, 1612, 1613, 1614 y 1615, del 12 de junio de 2003, y 1773, del 2 de junio de 2004, el Gobierno dispuso la supresión y liquidación de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones TELECOM y de las Teleasociadas y designó para esos efectos, a la Fiduciaria La Previsora S.A., como liquidador de las mismas. Los citados
Artículo 1°
° . Modificación. Modificar la fecha establecida en el inciso segundo del artículo 45 de los decretos 1603, 1604, 1605, 1606, 1607, 1608, 1609, 1610, 1611, 1612, 1613 y 1614 de 2003, en el inciso segundo del artículo 46 del Decreto 1615 de 2003, y en el inciso segundo del artículo 45 del Decreto 1773 de 2004, la cual corresponderá para todos los efectos al 31 de diciembre de 2021.
Artículo 2Vigencia
°. Vigencia . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el inciso segundo del artículo 45 de los Decretos 1603, 1604, 1605, 1606, 1607, 1608, 1609, 1610, 1611, 1612, 1613 y 1614 de 2003, el inciso segundo del artículo 46 del Decreto 1615 de 2003 y el inciso segundo del artículo 45 del Decreto 1773 de 2004.