Micelio

decreto 915 de 1945

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1El Fondo Dé Talleres De Las Escuelas

Articulo 1° El Fondo dé Talleres de las Escuelas. Industriales, Artes y Oficios y Complementarias, creado por el Decreto número 2172 de 12 de septiembre de 1944, atenderá en adelante a la compra de materiales para la enseñanza de las respectivas escuelas.

Artículo 2Este Decreto Rige Desde Su Fecha

Articulo 2° Este Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno, encargado del Despacho de Educación Nacional
Antonio Rochaencargado