Micelio

decreto 762 de 1956

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949 se declaro turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República

Artículo 1

Artículo primero . Adiciónanse los cómputos líquidos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la presente vigencia fiscal, con la cantidad de treinta y dos millones quinientos noventa y cuatro mil setecientos veintiún pesos cincuenta y ocho centavos ($ 32.594.721.58) moneda corriente, que se incorpora con imputación al siguiente numeral: Recursos del Balance del Tesoro . Numeral 132 Superávit fiscal de la vigencia de 1955 32.594.721.58 Total 32.594.721.58

Artículo 2

12.594.721.58

20.000.000.00

Artículo 1147Para Devolución De Toda Clase De Rentas Que Se Hayan Cobrado De Más, En El Año 12

Artículo segundo. Con base en el nuevo recurso fiscal de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales - suplementales y extraordinarios - al Presupuesto de .Gastos para la vigencia fiscal en curso: MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Gastos de administración, auxilios y otros CAPITULO 109 Aportes, participaciones, indemnizaciones y devoluciones 104. Al artículo 1147 Para devolución de toda clase de rentas que se hayan cobrado de más, en el año 12.594.721.58 253 Al artículo 1153 A. Para legalizar el valor de las acciones de propiedad del Banco de la República en Acerías Paz del Río, S. A., que se suscriban por los contribuyentes, por un monto igual al 50% del impuesto del 4% adicional al de la renta, de conformidad con los Decretos números 4051 de 1949, 261 de 1950, 270 de 1953, 285 y 2792 de 1955 20.000.000.00 Total 32.594.721.58

Artículo 3

Artículo tercero. Quedan suspendidas todas las disposiciones que sean contrarias a las del presente Decreto el cual rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese,

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro, de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra
El Ministro de Agricultura
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
EL Ministro de Obras Públicas, encargado