Micelio

decreto 1389 de 1992

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Artículo 1º Delégase En El Superintendente General De Puertos La Facultad De Suscribir Todos Aquellos Contratos Que Se Requieran Para El Funcionamiento De Dicha Superintendencia

º Delégase en el Superintendente General de Puertos la facultad de suscribir todos aquellos contratos que se requieran para el funcionamiento de dicha Superintendencia.

Artículo 2º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas y Transporte