en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO Que por Decreto número 267, de distribución de los fondos apropiados en el Presupuesto Nacional para los Territorios Escolares, se redujo el número de maestros en el Territorio Escolar del Caquetá, de 18 a 15, a partir del 1° de febrero del año en curso
Considerando · 3 motivos
Que por Decreto número 267, de distribución de los fondos apropiados en el Presupuesto Nacional para los Territorios Escolares, se redujo el número de maestros en el Territorio Escolar del Caquetá, de 18 a 15, a partir del 1° de febrero del año en curso;
Que como dicho Decreto sólo llegó a Florencia a fines del mismo mes de febrero, en ese mes ya habían prestado sus servicios todos los 18 maestros que venían trabajando con anterioridad, y;
Que según el mismo Decreto número 267, de los fondos apropiados para este servicio del Territorio Escolar del Caquetá, sólo se destinaron $ 15.065, siendo la apropiación del capítulo 67, artículo 968, de $ 15.240;
Artículo 1De Los Fondos Apropiados Y No Distribuidos En El Capítulo 67, Artículo 968 Del Presupuesto Nacional Vigente, Para Sueldos Del Inspector Y Maestros De Las Escuelas De Este Territorio (Caquetá), Destínase La Suma De $ 165 Para Sueldos De Maestros, Así: Tres Maestros, Con Sueldo Mensual De $ 55 Cada Uno, Durante El Mes De Febrero Del Presente Año $ 165
°. De los fondos apropiados y no distribuidos en el capítulo 67, artículo 968 del Presupuesto Nacional vigente, para sueldos del Inspector y Maestros de las Escuelas de este Territorio (Caquetá), destínase la suma de $ 165 para sueldos de Maestros, así: Tres Maestros, con sueldo mensual de $ 55 cada uno, durante el mes de febrero del presente año $ 165.00
Las maestras a que se refiere el artículo anterior corresponden a las que fueron Directoras de las Escuelas de San Jorge, Puerto Rico y San Antonio.
Artículo 2Las Maestras De Que Trata El Presente Decreto No Tendrán Derecho A Prima Móvil, Ya Que Ella Ha Quedado Incluida Dentro Del Sueldo Fijado
°. Las maestras de que trata el presente Decreto no tendrán derecho a prima móvil, ya que ella ha quedado incluida dentro del sueldo fijado. Comuníquese y publíquese.