Micelio

decreto 2267 de 1998

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 74 del Decreto 1042 de 1978 y en concordancia con lo establecido por el Decreto 1682 del 27 de junio de 1997

Artículo 1Aprobar El Acuerdo Número 0028 Del 20 De Octubre De 1998, Por El Cual Se Suprimen Los Cargos De La Planta De Personal En El Instituto De Ciencias Nucleares Y Energías Alternativas –Inea– En Liquidación, Cuyo Texto Es El Siguiente: Acuerdo Numero 0028 De 1998 (Octubre 20) Por El Cual Se Suprime Los Cargos De La Planta De Personal En El Instituto De Ciencias Nucleares Y Energías Alternativas –Inea– En Liquidación

°. Aprobar el Acuerdo número 0028 del 20 de octubre de 1998, por el cual se suprimen los cargos de la planta de personal en el Instituto de Ciencias Nucleares y Energías Alternativas –INEA– en liquidación, cuyo texto es el siguiente: ACUERDO NUMERO 0028 DE 1998 (octubre 20) por el cual se suprime los cargos de la planta de personal en el Instituto de Ciencias Nucleares y Energías Alternativas –INEA– en liquidación. La Junta Liquidadora del Instituto de Ciencias Nucleares y Energías Alternativas, – INEA– en liquidación, en ejercicio de las facultades otorgadas por el Decreto 1682 de 1997, ACUERDA: Artículo 1°. Suprimir a 30 de noviembre de 1998 de la planta de personal del Instituto de Ciencias Nucleares y Energías Alternativas, –INEA– en liquidación, establecida mediante Acuerdo número 0025 del 29 de julio de 1993 y aprobada por el Decreto 1843 de 1993, los siguientes cargos: Cargos a Suprimir Denominación del Empleo Código Grado DIRECCION GENERAL Cuatro (4) Secretario Ejecutivo 5040 18 Cargos a Suprimir Denominación del Empleo Código Grado PLANTA GLOBALIZADA Uno (1) Jefe de Oficina 2045 20 Dos (2) Jefe de División 2040 18 Dos (2) Profesional Universitario 3020 10 Dos (2) Profesional Universitario 3020 08 Siete (7) Técnico Administrativo 4065 11 Uno (1) Técnico Operativo 4080 11 Cuatro (4) Secretario Ejecutivo 5040 16 Dos (2) Auxiliar Administrativo 5120 10 Dos (2) Auxiliar de Servicios Generales 5335 07 Uno (1) Operario Calificado 5300 07 Artículo 2° Suprimir a 31 de diciembre de 1998 de la planta de personal del Instituto de Ciencias Nucleares y Energías Alternativas, –INEA– en liquidación, establecida mediante Acuerdo número 0025 del 29 de julio de 1993 y aprobada por el Decreto 1843 de 1993, los siguientes cargos: Cargos a Suprimir Denominación del Empleo Código Grado DIRECCION GENERAL Uno (1) Director General de Entidad Descentralizada 0015 18 Uno (1) Conductor Mecánico 5310 11 Cargos a Suprimir Denominación del Empleo Código Grado PLANTA GLOBALIZADA Uno (1) Secretario General de Entidad Descentralizada 0037 09 Dos (2) Jefe de División 2040 18 Artículo 3°. Los empleados públicos de carrera administrativa a quienes se les suprime el cargo como consecuencia de lo dispuesto en el Decreto-ley 1682 del 27 de junio de 1997 y el presente acuerdo, podrán optar entre ser indemnizados o ser incorporados a empleos de carrera equivalentes, conforme a lo consagrado en la Ley 443 de 1998, y demás normas que la reglamenten, modifiquen o adicionen. Artículo 4°. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, deroga el Acuerdo 0025 de 1993 y requiere de la aprobación por decreto del Gobierno Nacional. Comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a los veinte (20) días del mes de octubre de mil novecientos noventa y ocho (1998). El Presidente Junta Liquidadora, (Fdo.) Sandra González Velasco. La Secretaria Junta Liquidadora, (Fdo.) Esther Rocío Cortés Gordillo.

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Deroga En Lo Pertinente El Artículo 2° Del Decreto 1843 De 1993 Y Demás Disposiciones Que Le Sean Contrarias

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga en lo pertinente el artículo 2° del Decreto 1843 de 1993 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 74 del Decreto 1042 de 1978 y en concordancia con lo establecido por el Decreto 1682 del 27 de junio de 1997
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Minas y Energía
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública (E.)