Micelio

decreto 2822 de 1955

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y especialmente de las que le confiere el Decreto legislativo número 2894 de 1954, y CONSIDERANDO que el Ministerio de Obras Públicas ha solicitado licencia para importar, con destino a las obras portuarias de Cartagena, bastidores ajustables "Hartman Flexisrack", constituidos por la cantidad de setecientas veinte (720) unidades de vigas, ángulos y platinas de acero, con un peso de 29.030 kilogramos, de conformidad con el pedido número 351, formulado a la firma Pallet Sales Corporation

Artículo 1

Artículo primero. Autorizase al Ministerio de Obras Públicas para importar, con destino a las obras portuarias de Cartagena, la cantidad de setecientas veinte (720) piezas de acero, con un peso total de 29.030 kilogramos, correspondientes al pedido número 351, formulado a la firma Pallet Sales Corporation, de New York, de conformidad con la siguiente especificación técnica de tales artículos: 220 verticales, formados por dos perfiles en U, en material calibre 10, el de adelante de 3½" de ancho y el de atrás de 6", con muescas o ranuras cada 4", y unidos por 5 ángulos de 1½" por 1½" x 3/16", 3 de ellos horizontales y 2 diagonales. La altura total es 11'0", y el ancho exteriormente 44½". 400 bastidores constituidos en 2 vigas en U de 3", unidas formando un conjunto rígido por 3 ángulos de 1½" por 1½" por 3/16". El bastidor superior va asegurado con pernos de 5/8", para mayor rigidez. 100 diagonales, formados por una platina de 1/4" por 2" y 1 ángulo de 1½" por 1½" por 3/16". Cada bastidor de la sección con una capacidad de carga de 4.000 libras (1.814.40 Kgs.).

Artículo 2

Artículo segundo. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado del Ministerio de Fomento