en uso de sus facultades legales y de conformidad con el numeral 2º del artículo 74 del Decreto 1042 de 1978
Artículo 1º
º. Apruébase el Acuerdo número 003 del 27 de febrero de 1997, expedido por el Consejo Directivo de la Corporación Para el Desarrollo Sostenible del Arrea de Manejo Especial la Macanea, Cormacarena, cuyo texto es el siguiente: "ACUERDO NUMERO 003 DE 1997 (febrero 27) por el cual se establece la planta de personal de la Corporación para el Área de Manejo Especial la Macarena, Cormacarena. El Consejo Directivo de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Area de Manejo Especial La Macarena, Cormacarena, en ejercicio de las facultades que le confiere el literal b) del artículo 27 de la Ley 99 de 1993 y en concordancia con el artículo 12 del Decreto 1768 de 1994, ACUERDA: Artículo 1 º . Las funciones propias de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Area de Manejo Especial La Macarena "Cormacarena", serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establece así: No de Dependencia y denominación del empleo Código Grado empleos DIRECCION GENERAL 1 Director General de Corporación Autónoma 0015 21 1 Secretaria Ejecutiva 5040 17 PLANTA GLOBAL 3 Subdirector General de Corporación Autónoma 0040 17 1 Secretario General de Corporación Autónoma 0037 17 1 Asesor 1020 05 1 Jefe de Oficina 2045 22 2 Profesional Especializado 3010 19 2 Profesional Especializado 3010 17 1 Profesional Especializado 3010 16 5 Profesional Universitario 3020 09 1 Topógrafo 4105 15 6 Técnico Administrativo 4065 13 1 Almacenista 5080 22 3 Auxiliar Administrativo 5120 15 6 Secretaria 5140 10 1 Conductor Mecánico 5310 11 1 Auxiliar de Servicios Generales 5335 07 Artículo 2 º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias y requiere el concepto técnico del Departamento Administrativo de la Función Pública. Comuníque se y cúmplase. Dado en Villavicencio a los 27 días del mes de febrero de 1997. El Presidente, (Fdo.) Hernando Zambrano León. El Secretario, (Fdo.) Félix Alberto Rodríguez R»
Artículo 2º
º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíque se y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 1º de abril de 1997. ERNESTO SAMPER PIZANO. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José Antonio Ocampo Gaviria. El Ministro del Medio Ambiente, José Vicente Mogollón. El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Edgar Alfonso González Salas.