Artículo 1Adiciónese El Presupuesto De Rentas Y Recursos De Capital De La Vigencia Fiscal De 1978 En La Cantidad De Siete Mil Seiscientos Treinta, Y Dos Millones Cuatrocientos Ochenta Y Siete Mil Setecientos Catorce Pesos ($ 7
º Adiciónese el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la vigencia fiscal de 1978 en la cantidad de siete mil seiscientos treinta, y dos millones cuatrocientos ochenta y siete mil setecientos catorce pesos ($ 7.632.487.714) moneda corriente, que con base en los certificados de disponibilidad números 11, 12 y 22 de 1973, expedidos por el Contralor General de la República se incorporarán así: AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 35071 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 2.
Artículo 2Hácense Los Siguientes Contracréditos En El Presupuesto De Gastos De La Vigencia Fiscal De 1978: Aquí Pdf Diario Oficial 35071 (Tabla De Presupuestos) Pág
º Hácense los siguientes contracréditos en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1978: AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 35071 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 2.
Artículo 3Con Base En Los Recursos De Que Trata El Artículo Ábrsanse Los Siguientes Créditos Adicionales En El Presupuesto De Gastos De La Actual Vigencia: Aquí Pdf Diario Oficial 35071 (Tabla De Presupuestos) Pág
º Con base en los recursos de que trata el artículo ábrsanse los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la actual vigencia: AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 35071 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 2-8.
Artículo 4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.