Artículo 1Adiciónase El Presupuesto De Ingresos Del Fondo Vial Nacional Para La Vigencia Fiscal De 1979 En La Cantidad De $ 2
° Adiciónase el presupuesto de ingresos del Fondo Vial Nacional para la vigencia fiscal de 1979 en la cantidad de $ 2.700.000 000.00 (dos mil setecientos millones de pesos) moneda corriente, según el siguiente detalle: AQUÍ VA PDF ADJUNTO. DESDE LA PAG. 13, HASTA LA PAG. 14.
Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales En El Presupuesto De Gastos De La Vigencia Fiscal De 1979: Aquí Va Pdf Adjunto
° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales en el presupuesto de gastos de la vigencia fiscal de 1979: AQUÍ VA PDF ADJUNTO. DESDE LA PAG. 13, HASTA LA PAG. 14.
Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
German Zeaencargado
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado
Guillermo Núñez Vergaraencargado
El Ministro de Obras Públicas y Transporte, encargado
Rafael García Archilaencargado