Micelio

decreto 56 de 1967

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones constitucionales

Artículo 1

Artículo primero. La Directora de las Residencias Femeninas del Ministerio de Educación Nacional tendrá una asignación mensual de dos mil ochocientos veinte pesos ($2.820), con efectos fiscales a partir del 1° de marzo de 1966. Los miembros de la Junta Directiva, con excepción de la Directora, devengarán la suma de cien pesos ($100.00) por concepto de honorarios por cada sesión, de duración no inferior a dos horas, a que asistan, y hasta dos veces en un mismo mes.

Artículo 2

Derógase el artículo 5° del Decreto número 821 de 1963.

Artículo 5Del Decreto Número 821 De 1963

Artículo segundo. Derógase el artículo 5° del Decreto número 821 de 1963.

Artículo 3

Artículo tercero. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional