Artículo 1
Artículo primero. Adiciónanse los cómputos líquidos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la presente vigencia fiscal de 1960, con la cantidad de un millón quinientos setenta y dos mil ciento ochenta y ocho pesos con ochenta centavos ($ 1.572.188.80) moneda legal, que con base en el certificado de disponibilidad número 14 de 7 de mayo de 1960 expedido por el Contralor General de la República, se incorporará con imputación al numeral siguiente: Recursos del crédito. Numeral 125. Producto de la emisión de pagarés de deuda pública externa, destinados a financiar la compra de equipos para la construcción y reconstrucción de carreteras nacionales, de conformidad con las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por la Ley 88 de 1931, y el Decreto legislativo número 1651 de 1955, $ 1.572.188.80 Total de recursos $ 1.572.188.80
Artículo 6000-G
Artículo segundo. Con base en el nuevo recurso fiscal de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1960: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Obras e Inversiones con recursos del Crédito. Capítulo 583-A Inversiones. 429. Al artículo 6000-G. Para entregar a International General Electric Company, una División de General Electric Company, de New York, los Pagarés números 1 a 7 de la Serie M., emitidos en dólares americanos, para financiar el 80% de la compra de equipos para la construcción de carreteras nacionales, de conformidad con las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por la Ley 88 de 1931, y el Decreto legislativo número 1651 de 1955, y en armonía con las estipulaciones del contrato de financiación celebrado entre las partes, el 8 de enero de 1959, US$ 245.654.50, al tipo de cambio del 6.40% $ 1.572.188.80 Suman los créditos $ 1.572.188.80
Artículo 3
Artículo tercero. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese,