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decreto 614 de 1950

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Artículo 1Ley 2085 De 2021 Legislación Anterior [ Mostrar ] Artículo Primero

Texto vigente desde 02/03/2021derogado por ley 2085/21

Derogado.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo primero. La Junta Directiva del Instituto de Crédito Territorial estará compuesta, además de los representantes a que se refiere el artículo 22 de la Ley 85 de 1946, por el Ministerio del Trabajo o un representante suyo.

↺ Versiones anteriores (1)
Vigente 22/02/1950 – 02/03/2021

Artículo primero. La Junta Directiva del Instituto de Crédito Territorial estará compuesta, además de los representantes a que se refiere el artículo 22 de la Ley 85 de 1946, por el Ministerio del Trabajo o un representante suyo.

Artículo 2Ley 2085 De 2021 Legislación Anterior [ Mostrar ] Artículo Segundo

Texto vigente desde 02/03/2021derogado por ley 2085/21

Artículo segundo. Derogado.

↺ Versiones anteriores (1)
Vigente 22/02/1950 – 02/03/2021

Artículo segundo. El Instituto de Crédito Territorial procederá a reformar sus estatutos para acomodarlos a esta reforma con el fin de que tenga inmediato cumplimiento.

Artículo 3Ley 2085 De 2021 Legislación Anterior [ Mostrar ] Artículo Tercero

Artículo tercero. Derogado.

↺ Versiones anteriores (1)
Vigente 22/02/1950 – 02/03/2021

Artículo tercero. Este Decreto rige desde su expedición y quedan suspendidas las disposiciones que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado del Despacho de Minas y Petróleos
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Higiene
El Ministro de Comercio e Industrias
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Correos y Telégrafos
El Ministro de Obras Públicas