en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO Que es de urgente necesidad aclarar de una manera precisa la cantidad, estado y destino de los elementos de los ferrocarriles y demás otras públicas nacionales que están depositados en las riberas y puertos del río Magdalena y en los puertos del Atlántico, y Que es asimismo indispensable salvar los elementos que estén expuestos a pérdidas o deterioros
Considerando · 2 motivos
Que es de urgente necesidad aclarar de una manera precisa la cantidad, estado y destino de los elementos de los ferrocarriles y demás otras públicas nacionales que están depositados en las riberas y puertos del río Magdalena y en los puertos del Atlántico, y;
Que es asimismo indispensable salvar los elementos que estén expuestos a pérdidas o deterioros;
Artículo 1
° . Créanse dos Comisiones encargadas de la localización e inventarios de la carga oficial que se encuentra depositada en las riberas y puertos del río Magdalena y en los puertos del Atlántico, labor que se llevará a cabo en un plazo máximo de seis meses y en la cual, se procederá de acuerdo con las órdenes e instrucciones que imparta el Ministerio de Obras Públicas.
Artículo 2La Primera De Dichas Comisiones Tendrá A Su Cargo Los Puertos, De Cartagena, Barranquilla Y Puerto Colombia, Y El Canal Del Dique De Cartagena, Y La Segunda Los Puertos Y Riberas Del Río Magdalena, Desde Girardot Hasta Barranquilla
°. La primera de dichas Comisiones tendrá a su cargo los puertos, de Cartagena, Barranquilla y Puerto Colombia, y el canal del Dique de Cartagena, y la segunda los puertos y riberas del río Magdalena, desde Girardot hasta Barranquilla.
Artículo 3Cada Una De Dichas Comisiones Tendrá Un Jefe Con Quinientos Pesos ($ 500) Mensuales, Y Un Ayudante Mecánico, Con Trescientos Pesos ($ 300) Mensuales
°. Cada una de dichas Comisiones tendrá un Jefe con quinientos pesos ($ 500) mensuales, y un Ayudante Mecánico, con trescientos pesos ($ 300) mensuales.
Artículo 4Los Sueldos Del Personal De La Primera Comisión, O Sea La Que Tiene A Su Cuidado Los Puertos De Cartagena, Barranquilla Y Puerto Colombia Y El Canal Del Dique, Y Serán Cubiertos Por La Sección Segunda Del Ferrocarril Central Del Norte, Explotación; Y Los De La Segunda, Por Los Ferrocarriles De Girardot, Tolima Y Huila-Caquetá
°. Los sueldos del personal de la primera Comisión, o sea la que tiene a su cuidado los puertos de Cartagena, Barranquilla y Puerto Colombia y el canal del Dique, y serán cubiertos por la sección segunda del Ferrocarril Central del Norte, explotación; y los de la segunda, por los Ferrocarriles de Girardot, Tolima y Huila-Caquetá.
Artículo 5Nómbrase Jefe Y Ayudante Mecánico De La Primera Comisión A Los Señores Daniel Ortiz Y José Gabriel Rojas, En Su Orden, Y Jefe Y Ayudante Mecánico De La Segunda, A Los Señores Juan Clímaco Arbeláez Y Alberto Ruiz Boshell, Respectivamente
°. Nómbrase Jefe y Ayudante Mecánico de la primera Comisión a los señores Daniel Ortiz y José Gabriel Rojas, en su orden, y Jefe y Ayudante Mecánico de la segunda, a los señores Juan Clímaco Arbeláez y Alberto Ruiz Boshell, respectivamente. Comuníquese y publíquese.