Micelio

decreto 614 de 1910

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El Presidente de la República de Colombia

En uso de sus facultades legales y de acuerdo con la Ley 11 del corriente año

Artículo 1Reorganízase La Sección 1ª De La Gendarmería Nacional, Con El Siguiente Personal: Un Jefe, Con El Sueldo Mensual De Noventa Pesos ($ 90); Un Capitán, Un Teniente, Dos Subtenientes, Diez Gendarmes De Primera Y Ciento Cuarenta De Segunda Clase

° Reorganízase la Sección 1ª de la Gendarmería Nacional, con el siguiente personal: Un Jefe, con el sueldo mensual de noventa pesos ($ 90); un Capitán, un Teniente, dos Subtenientes, diez gendarmes de primera y ciento cuarenta de segunda clase.

Artículo 2Hácense Los Siguientes Nombramientos Para La Sección 1ª: Jefe, Coronel Leopoldo Arias; Capitán, Antonio Aguirre; Teniente, Aquilino Cortés; Subteniente, Luis A

° Hácense los siguientes nombramientos para la Sección 1ª: Jefe, Coronel Leopoldo Arias; Capitán, Antonio Aguirre; Teniente, Aquilino Cortés; Subteniente, Luis A. Munar; Subteniente, José Vicente Mancera.

Artículo 3Organízanse Las Secciones 11ª Y 13ª De La Gendarmería Nacional, Cada Una Con El Siguiente Personal: Un Capitán, Un Teniente, Un Subteniente, Diez Gendarmes De Primera U Sesenta Y Cinco De Segunda Clase

° Organízanse las Secciones 11ª y 13ª de la Gendarmería Nacional, cada una con el siguiente personal: Un Capitán, un Teniente, un Subteniente, diez gendarmes de primera u sesenta y cinco de segunda clase.

Artículo 4Hácense Los Siguientes Nombramientos: Para La Sección 11ª: Comandante, Adán Vergara; Teniente, Julio Ramírez; Subteniente, Neftalí Díaz

° Hácense los siguientes nombramientos: Para la Sección 11ª: Comandante, Adán Vergara; Teniente, Julio Ramírez; Subteniente, Neftalí Díaz. Para la Sección 13ª: Comandante, José Jesús Romero; Teniente, Alfredo Nieto; Subteniente, Claudio Antonio Gamboa.

Artículo 5La Sección 1ª Continuará Prestando Sus Servicios Como Ha Venido Hasta Ahora, En El Panóptico De Bogotá; Y Las Secciones 11ª Y 13ª, Prestarán Sus Servicios De Guarnición, Respectivamente, En La Colonia Penal Del Meta Y En Neiva

° La Sección 1ª continuará prestando sus servicios como ha venido hasta ahora, en el Panóptico de Bogotá; y las Secciones 11ª y 13ª, prestarán sus servicios de guarnición, respectivamente, en la Colonia Penal del Meta y en Neiva. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Guerra