Micelio

decreto 1226 de 1951

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales

Artículo 1

Del saldo en la fecha correspondiente a la suma global apropiada en el actual Presupuesto de Gastos del Ministerio de Obras Públicas, en el Capítulo 115, articulo 1576, "Para gastos de conservación, adicionales y mejoras de la red de Carreteras Nacionales", adiciónase la apropiación de los siguientes ordinales, con las distribuciones parciales que a continuación se indican:

Articulo 1576

Zona de Carreteras de Pamplona:

Artículo 1576, "para Gastos De Conservación, Adicionales Y Mejoras De La Red De Carreteras Nacionales", Adiciónase La Apropiación De Los Siguientes Ordinales, Con Las Distribuciones Parciales Que A Continuación Se Indican: Capítulo 115 Articulo 1576 Zona De Carreteras De Pamplona: Ordinal C) $ 80

Artículo único. Del saldo en la fecha correspondiente a la suma global apropiada en el actual Presupuesto de Gastos del Ministerio de Obras Públicas, en el Capítulo 115, articulo 1576, "Para gastos de conservación, adicionales y mejoras de la red de Carreteras Nacionales", adiciónase la apropiación de los siguientes ordinales, con las distribuciones parciales que a continuación se indican: CAPÍTULO 115 Articulo 1576 Zona de Carreteras de Pamplona: Ordinal C) $ 80.000.00 Para la carretera Chinácota - Ragonvalia - Herrán 50.000.00 Para la carretera Chinácota - Mecala 30.000.00 Zona de Carreteras de Bucaramánga: Ordinal D) 220.000.00 Para la carretera Bucaramanga - Estación Ferrocarril 120.000.00 Para la carretera Confines - Charala 100.000.00 Zona de Carreteras de Ocaña: Ordinal I) $ 215.000.00 Para gastos Conservación Zona, 170.000.00 Para variante Aeropuerto de Ocaña 45.000.00 Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas