Micelio

decreto 1067 de 2001

2 artículos · lectura continua

el Ministro de Hacienda y Crédito Público la facultad para celebrar en n

en ejercicio de sus facultades, en especial de las que le confieren el artículo 211 de la Constitución Política y el artículo 12 de la Ley 80 de 1993

Artículo 1Delégase En El Ministro De Hacienda Y Crédito Público La Facultad Para Celebrar, En Nombre De La Nación, El Contrato De Préstamo Denominado "programa Sectorial De Reforma Fiscal Territorial" Con El Banco Interamericano De Desarrollo, Bid, Por La Suma De Cuatrocientos Millones De Dólares (Us$400

º. Delégase en el Ministro de Hacienda y Crédito Público la facultad para celebrar, en nombre de la Nación, el contrato de préstamo denominado "Programa Sectorial de Reforma Fiscal Territorial" con el Banco Interamericano de Desarrollo, BID, por la suma de cuatrocientos millones de dólares (US$400.000.000) de los Estados Unidos de América.

Artículo 2º

º . El presente decreto rige desde la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades, en especial de las que le confieren el artículo 211 de la Constitución Política y el artículo 12 de la Ley 80 de 1993
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, '